Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • apertura a prueba ¿dias habiles o corridos?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #440028  por ser1234
 
Hola, necesito si alguien me puede orientar respecto del plazo de apertura a prueba
El proveído dice “recíbase la causa a prueba por 40 días art. 367” ¿se cuentan corridos o hábiles y desde que recibí la cedula o desde cuando?
desde ya muchas gracias
 #440032  por sole10
 
La realidad indica que los plazos de prueba nunca se cumplen,no te hagas mucho problema por eso;lo que sí,intentá realizar toda la prueba que ofreciste lo antes posible.
En teoría debe comenzar a correr luego de quedar firme el auto que abre el plazo a prueba (5 dias habiles desde que recibiste la cédula)y los términos se cuentan por días hábiles,salvo disposición en contrario.
 #440114  por mariferzara
 
les agrego q en realidad los plazos d prueba son fundamentales p activar y diligenciar las medidas respectivas, y esencial p acusar la negligencia, en aquellos medios q no hay fijados plazos especiales, p ej periciales. Si está vdo el plazo d prueba y no se realizaron actos q activen, cabe la negligencia.Saludos