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  • NECESITO URGENTE MODELOS DE CONTRATO DE SALON PARA FIESTAS

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 #439576  por CAICADH
 
Hola foristas: Necesito con urgencia modelos de contrato de locación de salon de club para fiestas, sobre todo quiero saber en lo que respecta a la responsabilidad de los administradores del club porque ellos quieren deslindarse de todo tipo de responsabilidad por accidentes, robos etc.
Si bien esto en un ctto se puede pactar, no estoy muy seguro de confirmarle a mi cliente (el club) si realmente se libera totalmente de dicha responsabilidad. Tengo entendido que sí es válida entre los contratantes, pero es inoponible a 3º. Estoy en lo cierto, o no?
Por favor, necesito respuestas. Y desde ya muchas gracias a todos los foristas.
 #439646  por Lanahi
 
Te paso el modelo de un contrato que hice para un salón de fiestas. Adaptalo a tu necesidad , incluyendole las clausulas específicas estipuladas por tu cliente.
Anahi



CONTRATO DE LOCACION DE SERCICIO.
.


FECHA DEL EVENTO: ...................................

Entre los Sres................................................. con Documento Nacional de Identidad nº…………………,………………………..,…., con domicilio en calle................ de esta ciudad, en adelante llamado “EL LOCADOR DE SERVICIOS”, Y EL Sr...................... CUIT Nº ...................., con domicilio legal en calle ............ de esta ciudad, en adelante llamado “EL LOCATARIO DE SERVICIO”, convienen en celebrar el presente contrato de “LOCACION DE SERVICIOS”, el que se regirá por las cláusulas que a continuación se expresan y por lo establecido en el Código Civil.

PRIMERO:

EL LOCADOR se compromete a la realización específica de las siguientes tareas.

Poner a disposición de Locatario el Salón donde se llevara a cabo el Evento.

Entregar el Salón en perfectas condiciones de higiene y la mantención de la misma durante el Evento.

Mantener custodiado el estacionamiento, con capacidad máxima hasta 35 vehículos.

Asesoramiento en forma verbal sobre cualquier tema de incumbencia profesional.

SEGUNDO:

La Locataria se compromete a contratar el servicio de Área Protegida con la prestadora EMECA y el seguro por Responsabilidad civil.

TERCERO:

El Locador se obliga a brindar el servicio de catering, de acuerdo al menú elegido por el seleccionado por el Locatario, ya sea el que el Salón propone o el que ha decidido la Locataria.

CUARTO:
El Salón hara efectiva la reserva de la fecha del Evento en el momento en el cual la Locataria le haga entrega a la Locadora del el diez por ciento de la suma del alquiler, cancelando el monto total en las formas convenidas entre las partes.


QUINTO:










El servicio de catering podrá comenzarse a abonar ocho meses antes de la fecha del evento

A medida que la Locataria abone cuotas a convenir, comenzaran a cancelarse cubiertos, los cuales no sufrirán ningún tipo de variación. Con respecto a los cubiertos no cancelados ellos si podrán experimentar un incremento proporcional de acuerdo al proceso inflacional que se encuentre la economía en ese momento.

SEXTO:
Los servicios se prestarán a ciencia y conciencia del profesional Locador, el que deberá actuar dentro de las prescripciones éticas y legales que hacen a su disciplina u oficio profesional, pero siempre teniendo en mira y finalidad el objeto del presente contrato y de la contratación de sus servicios efectuada por el Locatario. Si en el curso de su labor surgieren imposibilidades o incompatibilidades legales respecto del ejercicio profesional contratado, el profesional las hará saber al locatario o cliente a fin de buscar los medios idóneos para obviar las mismas o para proceder a la resolución de este contrato – si fuera imposible dar solución satisfactoria a las imposibilidades o dificultades surgidas – en cuyo caso el precio convenido pasará a ser el proporcional a los servicios cumplidos.

SÉPTIMO:
La Locataria se compromete a saldar el monto final del Evento una semana antes de que el mismo se deba llevar a cabo.

OCTAVO:

La locataria deberá abonar la suma de seiscientos pesos en conceptos de deposito, para poder hacer frente a los posibles y eventuales daños que se produjeran durante la fecha en la que se lleva a cabo el Evento, ya sea en el interior del salón como así también en toda el área perimetral dentro del predio del mismo.
Si el monto de los daños ocasionados al Salón fueren superiores al deposito en garantía entregado por la Locataria ella se vera obligada a saldar la totalidad de los mismos.


NOVENO:
La Locataria se encuentra obligada a mantener y procurar el cuidado del Salón, entendiéndose por ello a saber:
El cuidado del parque y la iluminación que se encuentra él.
El mantenimiento del Salón en su interior, paredes, cortinados, baños.


NOTA:
El salón se reserva el derecho de permanencia frente a un eventual conflicto que pongan en peligro la integridad física de los invitados el evento , como así también al personal del mismo, o que corran riesgos las instalaciones del salón