Hola chicos. cuento brevemente mi historia, un pequeño problemita. Resulta que vivo desde hace unos 6 años en una casa que le compramos "a mi suegro". La mamá de mi marido falleció y el papá y sus dos hermanos me firmaron la cesión de derechos a favor mío.
El tema es que hace más de 10 años pasó la red de gas. Dice que él no firmó nunca nada, y hace un par de meses me llegó una intimación privada a abonar la red de gas natural, que pasó por la vereda.
El tema es que la deuda está prescripta. pero ví en San Martín que sí iniciaron demanda de cobro ejecutivo con lo que tienen, y tengo mandamiento de intimación de pago y citación de remate y embargo (contra mi suegro, que no vive en Bs. As.hace más de 6 años), y parte del proveído, además de decir que tengo 5 días desde la notificación para oponer excepciones, dice: "trábese embargo preventivo sobre el bien que se denuncia, toda vez que el mismo se encuentre en cabeza de la demandada, a cuyo fin, expídanse las piezas de estilo...".
El tema es que el inmueble no está escriturado. Tiene un boleto de compra venta de los loteos que se hacían antes, y solo un juicio de escrituración ganado, que quedó sin hacer. Con eso no puede embargarse el inmueble me imagino..no??. Mi suegro es un tipo mayor que no tiene nada...pero no quiero que esto me perjudique.
Espero que me orienten. Ya encontré jurisprudencia que dice que está prescripta la deuda a los 5 años por deudas de red de gas, y la verdad, no sé si recibir la notificación, o dejarlos que se rompan los huesos tratando de notificarlo a la provincia donde está viviendo...
gracias a quienes me den su opinión.Alejandra
El tema es que hace más de 10 años pasó la red de gas. Dice que él no firmó nunca nada, y hace un par de meses me llegó una intimación privada a abonar la red de gas natural, que pasó por la vereda.
El tema es que la deuda está prescripta. pero ví en San Martín que sí iniciaron demanda de cobro ejecutivo con lo que tienen, y tengo mandamiento de intimación de pago y citación de remate y embargo (contra mi suegro, que no vive en Bs. As.hace más de 6 años), y parte del proveído, además de decir que tengo 5 días desde la notificación para oponer excepciones, dice: "trábese embargo preventivo sobre el bien que se denuncia, toda vez que el mismo se encuentre en cabeza de la demandada, a cuyo fin, expídanse las piezas de estilo...".
El tema es que el inmueble no está escriturado. Tiene un boleto de compra venta de los loteos que se hacían antes, y solo un juicio de escrituración ganado, que quedó sin hacer. Con eso no puede embargarse el inmueble me imagino..no??. Mi suegro es un tipo mayor que no tiene nada...pero no quiero que esto me perjudique.
Espero que me orienten. Ya encontré jurisprudencia que dice que está prescripta la deuda a los 5 años por deudas de red de gas, y la verdad, no sé si recibir la notificación, o dejarlos que se rompan los huesos tratando de notificarlo a la provincia donde está viviendo...
gracias a quienes me den su opinión.Alejandra
