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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #294396  por maurogh5
 
Hola a todo el foro:
El caso que les consulto es el de un autónomo con domicilio según su DNI, en la ciudad de Río Grande, Pcia de Tierra del Fuego ( también tiene este domicilio en al AFIP); pero de hecho, vive en la ciudad de Bahía Blanca, Pcia de Buenos Aires, aunque va muy seguido a Tierra de Fuego ( donde además tiene propiedades ) .El problema es que el domicilio que figura en el ANSES es Bahía Blanca, por lo tanto, cuando se pide turno, este sale para la ciudad de Bahía Blanca. Lo más cómodo para esta persona es Bahía , pero creo que en este caso no cobraría la Bonificación por Zona Austral.
¿ Es posible que esta persona, obtenga el turno en Bahía Blanca, y en el momento de acudir al mismo, se salve el tema del domicilio ( para no perder la Bonificación ); o es necesario pedir una nueva acreeditación de datos para cambiar el domicilio y luego obtener un turno en Tierra del Fuego ?
Muchas Gracias a todos.
 #296181  por hugo2
 
gabriela74 escribió:chicas q significa adp, sds ? soy nueva tengo un tramite p pedir pension,gracias
Lee que hay bastante del tema.
 #296746  por inesla
 
gabriela74 escribió:chicas q significa adp, sds ? soy nueva tengo un tramite p pedir pension,gracias
El ADP, es un sistema que Anses actualiza, pero administra el RNP (registro nacional de las personas), en el se archivan las relaciones fliares de activos y pasivos, cuándo llevás al titular con las fotocopias de dni, pdas de matrimonio, fallecimiento, etc, anses las acredita y las valida, de ahí su importancia. el otro término es una abreviatura, mía, de saludos, mucho más simple e inocuo, jajaja
 #436337  por GABRILITAIURIS
 
HOla a todos! entiendo que si una persona residente en el sur, ejemplo Rio Grande cobra la bonificacion, luego se muda a Bs As , ya no la percibe mas? No es un derecho adquirido para aquellas personas que trabajaraon efectivamente en esa zona? se lo dan por haber trabajado o por el solo hecho de residir alli? :?
 #436372  por inesla
 
GABRILITAIURIS escribió:HOla a todos! entiendo que si una persona residente en el sur, ejemplo Rio Grande cobra la bonificacion, luego se muda a Bs As , ya no la percibe mas? No es un derecho adquirido para aquellas personas que trabajaraon efectivamente en esa zona? se lo dan por haber trabajado o por el solo hecho de residir alli? :?
hola, por el sóño hecho de residir, cuándo trabajaba, si lo hacía en el sur y su domicilio era en otra zona (desde LapPampa hacia el norte), le pagaban desarraigo, sds
 #436375  por inesla
 
gabriela74 escribió::lol: me encanto !! lo d sds !!! ads acreitacion datos personañes no lo tenia como sigla, gracias,
Gabriela, a lo de sds, lo podés definir con la frase de Foilleau: "... simplificar, he ahí el principal desafío de la educación..." o con economía procesal, :lol: hoy no es mi día, me peleé con los iniciadores de Monserrat, y la jefa de udai no estaba, por lo tanto, no estoy sútil, buen finde
 #436384  por GABRILITAIURIS
 
Gracias Inesla, este sr. cobraba en el ahber jubilatorio esa bonificacion, cuando se mudo a Bs As dejo de percibir esa plata, no hay nada que reclamar verdad? Por que la ley dice que es para residentes, estoy interpretando bien?