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  • ¿COMO LIQUIDO? AYUDAAAA

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 #436297  por cristinac
 
TOMÉ UN CASO EMPEZADO, YA TENIA SENTENCIA QUE HABÍA SIDO APELADA, PERO NUNCA SE ELEVÓ.
SE HABÍA TRABADO UN EMBARGO PREVENTIVO SOBRE SUELDO DEL DEMANDADO POR SENTENCIA FAVORABLE, POR EL MONTO DE $15000 + $4500 QUE SE PRESUPUESTABAN PROVISORIAMENTE PARA INTERESES Y COSTAS.
PEDÍ LA CADUCIDAD DE INSTANCIA Y LUEGO LOS DEMANDADOS DESISTIERON DEL RECURSO.
LUEGO PIDO QUE SE CONVIERTA EL EMBARGO EN EJECUTORIO, Y SE LIBEREN LOS FONDOS YA DEPOSITADOS.
EL PROVEÍDO
1.- En atención a lo solicitado y estado
de las actuaciones, transfórmase en ejecutorio el
embargo trabado según constancias de fs.355, a cuyo
fin,líbrese oficio al transportista xxxxxx S.A. ,en el que
se hará constar la persona autorizada para su
diligenciamiento.-
2.-En virtud de ello, tiénese por
promovida la ejecución de sentencia de la parte actora.
3.-Previo al giro pretendido, cítese de
venta por el plazo de cinco días al demandado (arts.
502, 505 y conc. del C.Proc.). Notifíquese.-

Bien la pregunta es la siguiente: ¿puedo presentar ahora nueva liquidación?
¿cómo calculo los intereses?, la sentencia decía "15000+los intereses desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago calculados aplicando tasa pasiva del Banco Central"
puedo pedir luego la ampliación del embargo?
Aun no notifiqué nada.
Muchas gracias pero estoy muy perdida.