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  • Consulta "Usucapión como Defensa"

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 #435907  por neldam
 
Cuando se dice que se plantea un Juicio de Usucapión como defensa. ¿cuál es el concepto del mismo?
No entiendo para qué se hace y quién lo hace.

espero sus comentarios muchas gracias
 #435913  por inmobiliare
 
Usucapion como defensa lo planteara quien tenga la posesion por mas de 20 años de un inmueble y se inicie contra el un juicio de reivindicacion, desalojo, usurpacion por parte del titular del inmueble
 #435999  por sole10
 
Tampoco será "Usucapión" como defensa,sino prescripción adquisitiva.
La usucapion,en sí misma,es una acción autónoma;si queres defenderte de un juicio de reivindicación,desalojo,etc.oponés la excepción de prescripción.
 #436012  por Maylu
 
sole10 escribió:Tampoco será "Usucapión" como defensa,sino prescripción adquisitiva.
La usucapion,en sí misma,es una acción autónoma;si queres defenderte de un juicio de reivindicación,desalojo,etc.oponés la excepción de prescripción.
Exactamente!
 #436428  por neldam
 
muchas gracias por las respuestas, mi inquietud surgió después de leer este párrafo:

"Si bien es cierto que en la usucapión se admite toda clase de pruebas, pero la sentencia no podrá basarse exclusivamente en la testifical, ello no rige cuando la adquisición del dominio por prescripción no se plantea en el juicio como acción, sino como defensa". [Cám. 1 Civ. y Com. Mar del Plata, Sala II,14/11/78, SPLL, 1979~ 1341.
 #436521  por sole10
 
neldam escribió:muchas gracias por las respuestas, mi inquietud surgió después de leer este párrafo:

"Si bien es cierto que en la usucapión se admite toda clase de pruebas, pero la sentencia no podrá basarse exclusivamente en la testifical, ello no rige cuando la adquisición del dominio por prescripción no se plantea en el juicio como acción, sino como defensa". [Cám. 1 Civ. y Com. Mar del Plata, Sala II,14/11/78, SPLL, 1979~ 1341.
El fallo que citás,evidentemente,refiere a una usucapion iniciada como acción autónoma y,el juez sentenciante,no la admitió por basarse solamente en la prueba testimonial;luego hace la salvedad de que sí podría hacerse valer (en otro juicio)como una defensa,es decir,opuesta la prescripción como una excepción.
 #436664  por mariferzara
 
También se puede reconvenir a la reivindicación por usucapión.-Como buscás tener un título nuevo, debés reunir todos los requisitos exigidos, a diferencia de la prescripción como defensa, que no te lo exige.- Saludos
 #436701  por neldam
 
mariferzara escribió:También se puede reconvenir a la reivindicación por usucapión.-Como buscás tener un título nuevo, debés reunir todos los requisitos exigidos, a diferencia de la prescripción como defensa, que no te lo exige.- Saludos
¿Vale decir que en la Usucapión como acción se necesita plano de mensura para determinar un nuevo título y cuando se plantea la prescripción como excepción , es decir como defensa, no se necesita la mensura ?
 #436708  por Mordisco
 
neldam escribió:muchas gracias por las respuestas, mi inquietud surgió después de leer este párrafo:

"Si bien es cierto que en la usucapión se admite toda clase de pruebas, pero la sentencia no podrá basarse exclusivamente en la testifical, ello no rige cuando la adquisición del dominio por prescripción no se plantea en el juicio como acción, sino como defensa". [Cám. 1 Civ. y Com. Mar del Plata, Sala II,14/11/78, SPLL, 1979~ 1341.
Cuando la usucapion se plantea como Acción o se reconviene por usucapion, se debe acompañar plano...etc.... y si se hace lugar; se inscribe el instrumento supletorio en el Registro. (rige el Inc. "C" - Art 24 de la ley 14159 que en su parte pertinente dice: "...Se admitirá toda clase de pruebas, pero el fallo no podrá basarse exclusivamente en la testimonial..." )

Pero cuando se presenta como excepcion (no necesita adjuntar plano) no rige la limitación del inc C - Art 24 - Ley 14159 y la tiene por finalidad el RECHAZO de la acción real dirigida en su contra, EVITANDO LA DESPOSESIÓN. Si esa defensa prospera (la excepción), logra su cometido, osea, evita la desposesión, sin producir un titulo supletorio con validez "erga omnes" previa inscripcion registral como sucede cuando se la plantea como acción o reconvención
 #436921  por msal
 
muy buena la explicación que dieron todos. Pero leyéndolas me surgió una duda: Interpreto que el que opone la prescripción adquisitiva como excepción a la accion de reivindicación o a la accion de desalojo -entre otras- en realidad ya esta legitimado para accionar por usucapion contra el titular registral. Si en la contestacion de la demanda opone esta excepción en vez de intentar la reconvención por Usucapion, ¿será solo por que no tiene la posibilidad economica de afrontar el proceso (entre otras cosas pagar para hacer los planos, etc) o puede ser que existan otras razones que hagan viable el intentar la prescripción como defensa pero que no alcanzan para la usucapion como reconvención de la demanda?
Pregunto esto por que si con la reconvencion ya estoy en camino a conseguir la titularidad de dominio, para que voy a quedarme a mitad de camino intentando solamente la excepción de prescripcion adquisitiva. Creo que hice una ensalada...espero que alguien haya interpretado mi duda.
gracias
 #437277  por Mordisco
 
Descarga este apunte, tiene un modelo de usucapion y ademas parte teorica, ver en

http://www.4shared.com/file/114261183/d ... 2=403tNull

Ademas te recomiendo la lectura de este post

viewtopic.php?f=2&t=25860&start=0&hilit ... +USUCAPION