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  • notificacion en domicilio constituido de abogado fallecido

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 #435441  por roflech
 
Hola a todos.
Tengo una causa bastante complicadita. Pero lo que me lleva a consultar ahora es lo siguiente.
Mi cliente, demandado en una causa de alimentos, tenia un abogado. En el domicilio constituido de ese abogado fueron notificadas distintas actualizaciones de la deuda alimentaria, sin que mi cliente se enterara, por que ese abogado fallecio hace 6 años.
De esto me entero ahora, cuando el cliente me viene a consultar para ver que pasaba con esa causa, por que se entero que estaba anotado en el registro de deudores alimentarios, y segun el tenia entendido esa causa estaba cerrada. (los alimentos estan siendo pagados por el abuelo, ya que el esta sin trabajo, pero le siguen actualizando las deudas como si nadie pagara.)
Como medida logica, me propuse tratar de ponerme en contacto con quien en apariencia era su letrado, y es asi como me entero a traves de su colegio de abogados que estaba fallecido.
la pregunta es, son validas las notificaciones que recibio durante todo este tiempo? como se puede hacer para impugnarlas? Alguien conoce algun caso asi?
Muchas gracias
 #435481  por mariferzara
 
Hola Roflech! tengo entendido q los dom constituídos no sobreviven mucho tiempo más después de terminada una causa. Por supuesto q podés invocar falta de defensa en juicio, sobre todo si se ha estado cumpliendo con la cuota, aunque sea por los abuelos.
JURISPRUDENCIA:
La subsistencia del domicilio constituído o real prevista en el art. 42 CPCC. lo es para la generalidad de los casos en que el desarrollo del trámite procedimental se operó en forma regular, pero no sucede lo mismo si la inactividad dura años a causa de la paralización del juicio.

CPCB Art. 42

CC0202 LP, A 41637 RSI-105-91 I 15-3-1991

CARATULA: Franza, Carlos s/ Sucesión
 #435487  por Maylu
 
Hola, lamentablemente son válidas las notificaciones, ya que todo fue notificado al constituído y ese es el fin del mismo.
Ahora bien, tu cliente estuvo 6 años sin llamar al estudio?
Realmente la cuasa estaba finalizada y/o frenada?
 #435583  por SOL DE OTOí‘O
 
Yo oficiaría al Colegio de Abogados donde estaba matriculado ese colega a fin de que informen fallecimiento, si en esa dirección no hay otro estudio, si tienen conocimiento que todas las carpetas fueran entregadas a otro colega o alguien se encuentra en ese lugar. Igualmente acompañaría certificado de defunción del abogado para probar que ha fallecido y desde entonces no ha podido ejercer su defensa. Obvio habría que ver el expte si es un caso cerrado o no. ¿cuál ha sido el último estado procesal?
 #435730  por roflech
 
hola, gracias a todos los que respondieron.
la situacion es un poco rara.
La actora tenia una abogada hace unos años y esa abogada practico varias liquidaciones, actualizando montos, y esas fueron notificadas al constituido del abogado muerto, asi que como nadie contestaba los traslados fueron quedando firmes. Despues, estuvo paralizado, dos años, y despues de eso, la actora nombro otro abogado y este abogado presenta una nueva liquidacion, denuncia un nuevo domicilio real del demandado, que es falso, y supongo que estaran tratando de notificarlo ahi. Mi cliente creia que la causa estaba cerrada por el acuerdo al que se arribo por convenio, de que paguen los abuelos, firmado en otro departamento judicial. POr eso no se preocupo en llamar de nuevo al abogado.
Lo que yo quiero saber es si puedo hacer caer las actualizaciones de deudas o las medidas cautelares fijadas cuando el abogado estaba muerto.
La jurisprudencia que me citaron por ahi, ya la habia visto, encontre algunas, pero ninguna demasiado especifica sobre fallecimiento del abogado. Y tampoco me queda muy claro cual es procesalmente la accion mas adecuada? planteo un incidente? Impugno la liquidacion y lo planteo como excepcion? Que me sugieren?
El expediente esta en etapa de ejecucion de sentencia, obviamente....
 #435789  por mariferzara
 
Mirá Roflech, averiguá en el Colegio, prq al morir el abogado, lógico q fue la baja de la matrícula y yo creo q ese hecho tiene publicidad, al menos entre los matriculados al mismo Colegio, por tanto esas notificaciones no pueden haber sido válidas, es una comunicación que se cursa a todos los juzgados.- Lo cierto es q esta persona quedó sin defensa, yo creo q la contraria no puede haber ignorado la muerte de un colega, especialm prq hay publicidad.- Se me ocurre q lo podés pelear al tema.
 #435790  por roflech
 
Gracias Maryferzara por los animos, la verdad los necesito! y yo tambien habia pensado lo mismo que vos, que hubo indefension. Voy a ver como me va.
y otra cosa,lo plantearian como incidente o como excepcion previa a la impugnacion de la liquidacion?
 #435797  por mariferzara
 
Se me ocurre que directamente plantees la nulidad de las notificaciones y de lo actuado en adelante, en el mismo expediente.- Presentá copias, que cuanto mucho el juzgado te ordenará formar incidente porseparado.- Si ves q las liquidación es impugnable, también hacelo.- Suerte!