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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #433940  por nito
 
una pregunta , un hombre quiere jubilarse, si con la moratoria le alcanza para comprar los 30 años,¿se puede RENUNCIAR una deuda de monotributo de un año del 2008 a la fecha en la que se inscribio y nunca pago?
Porque si lo puedo renunciar le puedo aplicar ddjj en el otro caso no. Espero sus sugerencias que siempre son tan utiles. Gracias.
 #434301  por estudiocm
 
lo que Chiqui te quiere decir es que si aplicás art. 1 a período IMPAGO si cambías el cese al año 93, pero si renuncias a un período PAGO (cosa que a mi entender no tiene sentido) el cese igual va a ser el que te corresponda a ese año, es decir si tiene pago, por ejemplo enero del 2008 aunque lo renuncies ese es el año de cese, por lo tanto no te corresponde ddjj.
saludos
Paula