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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #431809  por ana
 
Hola antes que nada gracias por la total colaboraciñon que tuvieron durante tanto tiempo conmigo, pero este caso es especial, sería una satisfacción personal poder ayudar a esta persona.
Es un hombre, nacido en italia en 1935, con años trabajados en argentina desde 1957 hast 1977.
Excede 9 años en edad, es decir que se computan 4 1/2 de servicios + 20 que solo tiene certificados de epoca (en sijp solo 4) y puedo armar el resto por moratoria
1953-1956 armar un moratoria (3 años) y me faltarían agregar 2 años 1/2 más para llegar a los 30 que puedo agregar en los períodos que él estuvo en argentina.
EL PROBLEMA ES...
No tiene DNI argentino para extranjeros.
Y dada mi ignorancia en el tema pregunto, lo puede sacar? a dond e podría dirigirse para hacerlo rápid ya que viaje en unos meses devuelta a italia.
Si ésto no s epuede armar, que se puede hacer en convenios internacionales??
Quédocumento me puede serir que no sea el DNI? El cobra jubi en italia.
En todo caso si no prospera una jubi se puede intentar un reco de servicios y que ello se integre a su jubi italiana incrementandole el haber?
Como les dije antes es una caso muy especial para mi, y agradeceré a todo aquel que pueda darme una mano, al menos de saber a donde preguntar.
Gracias!!!!
 #431844  por Mauricia
 
Hola: Deberias ir a Convenios Internacionales, esta en Chacabuco y Venezuela 1er piso, tenes que trabajar con el pasaporte porque al ser italiano seguro hacen el cruze de datos, no puede comprar periodos en que no estuvo en el pais y ademas no se puede comprar simultaneos, ya que convenios va a pedir el informe a Italia para ver los periodos que utilizo alla para jubilarse. Y la deuda debe pagarla de contado, con moratoria, pero de contado, ya que tiene otro beneficio.
 #431910  por ana
 
muchas gracias.
estuve viendo lo siguiente:
si el cese es anterior al 94 la edad jubilatoria para los hombres es de 62 años, con lo cual excedería 12 años en vez de 9, computandose 6 años por exceso de edad.
30 - 6 = 24
tiene comprobantes por 20 años de 1957 a 1977
24- 20 = 4
cumplio los 18 en 1953 , con lo cual puedo por ddjj al ser cese anterior al 94 darle los 4 años faltantes (1953/4/5/6)
Qué piensan?
Gracias!!
Es decir que con pasaporte, puedo inciiar la jubi y si se comprueban todos esos años podrá jubilarse, sino, moratoria de contado?
Muuuuchassss Graciassss!
 #431933  por hugo2
 
Que tal ana es una ensalada que no entendi demasiado pero te digo:
Los hombres se jubilan a los 65 años ( salvo insalubres )
La moratoria es para periodos apartir de 1955 ( año en que se crea la caja de autonomos )
 #431951  por ana
 
Gracias Hugo!
En realidad lo que menciono en mi çúltima respuesta es de una info que saque de anses, convenios internacionales, si bien actualmente los hombres se jubilan a los 65 al parecer si tenes cese en el 94 te baja la edad jubilatoria a 62, puede ser ?
en cuanto a la ddjj no lo haría por art 3 sino por art 38 (ya que antes de 1969)
Gracias!
Ana.
 #432041  por hugo2
 
ana escribió:Gracias Hugo!
En realidad lo que menciono en mi çúltima respuesta es de una info que saque de anses, convenios internacionales, si bien actualmente los hombres se jubilan a los 65 al parecer si tenes cese en el 94 te baja la edad jubilatoria a 62, puede ser ?
en cuanto a la ddjj no lo haría por art 3 sino por art 38 (ya que antes de 1969)
Gracias!
Ana.
Ana por favor lee la 24241 art 19 y 37. ( Para jubilarte en el año 1994 solo necesita tener 62 años hoy 2009 65 años ) el cese no juega con la edad de la persona.
 #432106  por ana
 
Gracias Hugo nuevamente.
Te posteo la página de Anses.
Saludos.

La edad mínima requerida para acceder a la prestación, de acuerdo a la fecha de cese o presentación, es la siguiente:
Año de Cese
o Presentación Hombre Mujeres
Rel. Dependencia Autónomos Rel. Dependencia Autónomos
1994/95 62 65 57 60
1996/97 63 65 58 60
1998/99/00 64 65 59 60
2001 en adelante 65 65 60 60


Si al momento de acceder a la prestación excede la edad mínima, puede compensar 1 (un) año de servicios por cada 2 (dos) años de edad excedentes.
Para reunir los 30 (treinta) años de servicios podrá hacer uso de Declaración Jurada por tareas en relación de dependencia o autónomas con anterioridad al 01/01/69. La cantidad de años que podrá computar, según el año de cese o presentación, es la siguiente: Año de Cese
o Presentación Declaración Jurada
anterior a 1969
1994/95 7 años
1996/97 6 años
1998/99 5 años
2000/01 4 años
2002/03 3 años
2004/05 2 años
2006/07 1 año

Para ceses anteriores al año 1994, el límite máximo por Declaración Jurada es de siete (7) años.
 #434733  por ana
 
Bueno, prosigo con este post.
Antes que nada gracias Hugo por tu respuesta.
Paso todo en limpio.
Voy al mayor problema: completar 30 años de aportes...

NACIO 03/11/35
18 AÑOS 3/11/53

Pensaba armar:
12/53 - 07/57 ART 38
08/57 - 03/73 rrdd
04/73 SALIO DEL PAIS CON APORTES EN ITALIA
VOLVIO EN
06/74 - 02/79 RRDD
03/79 SE FUE DEL PAIS A ITALIA Y SE QUEDO HASTA EL 93
VINO EN DICIEMBRE DE 93 SOLO POR UN MES

total 24 a 0 m 22 d
exced edad al 3/11/09: 4 a 6 m
TOTAL 28 A 6 M 22 D

A alguien se le ocurre como puedo hacer para completar el faltante??
Puedo aprovechar períodos que no haya estado en el país pero que tampoco haya trabajado en italia?
Si no llego a los 30 puedo hacer un reco, y que esos aportes le incrementen el haber italiano?
Cómo? desde acá? desde Italia?
Fui a convenios internacionales y me dicen que puedo iniciar el reco pero desde allá que es su país de residencia, luego lo giran a convenios y de allí resuelven en 180 días.
Pero que beneficio le va a causar?
habrá que esperar a los 77 años cumplidos para completar con edad los meses faltante para poder tener la jubi?
Si inicio expte , agrego períodos por sicam que serían como art 3, ya que puedo usar 7 años, completo los 30 años, sale la jubi otorgada porque no chequearon egresos y al año se la suspenden por no corresponder, pueden embargarle la jubi italiana por pagos indebidos?
Gracias chicos por su colaboración, reitero: es un familiar y quisiera ayudarlo.
Saludos.
Ana.