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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #431828  por catalino
 
ya que la sra. a jubilarse es muy mayor con dificultad de moverse, la acreditacion de datos puede realizarla otra persona? con que documentacion?

la carta poder para iniciar jubilación , si o si en anses (del cliente o del abogado), se puede hacer ante escribano , banco o juz paz?

esta carta poder serviria ademas para para acreditar e iniciar
gracias .
 #431839  por Mauricia
 
Hola: No se en que lugar vive tu clienta, pero en la C.A.B.A. lo que se hace en estos casos es ir a la comisaria de la zona y pedirle que manden a alguien al domicilio de la sra para que le certifiquen la firma, en ese momento hacele certificar 2 carta poder, una para el adp (se hace con carta poder y DNI) y otra para el inicio y no te olvides de todos los formularios.