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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #430632  por VCZECHOWICZ
 
Estimados Colegas:

Tengo una sra. que viene a consultarme por una pensión directa, el marido nacio en el año 1950 y fallecio en el año 2002, fallecio a los 51 años de edad, tiene inscripcion en autonomos en el año 1990 y tres pagos 09 y 10/1990 y 03/1991 y tiene 10 años en relacion de dependencia años 1972 a 1981 esta hombre no comple con la regularidad ni nada de eso.
Consulte hoy en el archivo mientras fotocopiaba un expediente y esparza no se puede aplicar para varones que superen los 48 años de edad, que puedo hacer para que esta persona se pueda pensionar.


Y tengo otro caso de un sr. que quiere pensionarse de la mujer tambien pension directa la sra. nacio en el año 1936 y fallecio en el 2002, fallecio con 65 años de edad, no tiene nada trabajado en relacion de dependencia ni tiene inscripcion en autonomos, se puede aplicar 7 años de art. 38 mas 2 años y 6 meses lo compensa por tener 65 años al momento de fallecimiento y comprar lo que le resta en moratoria ley 24476 presentarlo bajo insistencia en la udai, va a salir denegado y luego apelar la denegatoria en la CARSS. Creo que sale esta pensión no.
Alquien inicio y le salio una pension similar.

Muchas Gracias a todos.
Dario
 #430678  por MARIO1943
 
VCZECHOWICZ escribió:Estimados Colegas:

Tengo una sra. que viene a consultarme por una pensión directa, el marido nacio en el año 1950 y fallecio en el año 2002, fallecio a los 51 años de edad, tiene inscripcion en autonomos en el año 1990 y tres pagos 09 y 10/1990 y 03/1991 y tiene 10 años en relacion de dependencia años 1972 a 1981 esta hombre no comple con la regularidad ni nada de eso.
Consulte hoy en el archivo mientras fotocopiaba un expediente y esparza no se puede aplicar para varones que superen los 48 años de edad, que puedo hacer para que esta persona se pueda pensionar.


Y tengo otro caso de un sr. que quiere pensionarse de la mujer tambien pension directa la sra. nacio en el año 1936 y fallecio en el 2002, fallecio con 65 años de edad, no tiene nada trabajado en relacion de dependencia ni tiene inscripcion en autonomos, se puede aplicar 7 años de art. 38 mas 2 años y 6 meses lo compensa por tener 65 años al momento de fallecimiento y comprar lo que le resta en moratoria ley 24476 presentarlo bajo insistencia en la udai, va a salir denegado y luego apelar la denegatoria en la CARSS. Creo que sale esta pensión no.
Alquien inicio y le salio una pension similar.

Muchas Gracias a todos.
Dario

1)EL PRIMER CASO NO TE DAN LOS TIEMPOS PARA HACER MORATORIA, LA UNICA QUE TE QUEDA
ES COMPRAR SDM COMO TRABAJADOR CON RR.DD. 18 MESES CON F. 102 MAS DE 16 HORAS
PERO TENES QUE JUSTIFICAR EMPLEADOR DOS TESTIGOS Y CERTIFICACION DE SERVICIO, ANSES
ES LA ENCARGADA DE COMPROBAR EN EL DOMICILIO DEL EMPLEADOR MEDIANTE TESTIGOS
QUE AVALEN QUE EL CAUSANTE TRABAJO CON EL EMPLEADOR DECLARADO

2) LO PRESENTA BAJO INSISTENCIA, PEDIS QIUE SE APLIQUE LA RESOLUCIION DE LA CARSS 22358/08, PERO NO APLIQUES BENEFICIOS , UNA VEZ QUE TE LA DENIEGUEN TENES 30 DIAS HABILES A PARTIR DE LA NOTIFICACION DE PERESENTAR RECURSOS DE REVISION ANTE LA CARSS
YO PRESENTE UNA EN JUNIO, LA DENEGARON Y PRESENTE RECURSO DE REVISION , ESTOY A LA ESPERA