Queridos Foristas:
Estuve buscando en los posts dedicados a este tema pero no encontré la respuesta a mi consulta.
Voy por la parte demandada en un cobro ejecutivo de alquileres que tiene sentencia que manda a ejecutar el monto del juicio, establece la tasa a aplicar para efectuar la liquidación, impone las costas, etc.
El actor practicó la liquidación respetando los lineamientos dados en la sentencia, revisé el cálculo y los montos incluidos, por mas que quiera son correctos y pienso consentir la liquidación; de más esta decir que existen fondos depositados en la cuenta de autos.
Mi duda tiene que ver con la fechas "desde" y "hasta" utilizadas para actualizar la deuda. La fecha "desde" tiene que ver el vencimiento de la obligación que es correcta. Ahora bien, la fecha "hasta" utilizada fue el 31/08/2009 y esta es la fecha que me trae dudas. Esta fecha no coincide con la sentencia (que es del 26/06/2009) pero coincide con la fecha de presentación de la cédula que hice para dar traslado a mi contestación posterior a la notificación de la sentencia.
No quiero ocasionarle a mi cliente mas gastos pero tampoco puedo dejar de chequear que la liquidación sea correcta en todos los puntos.
Agradezco a todos los que se toman tiempo en leer y por supuesto a aquellos que puedan responder mi consulta. Por último pido un consejo ¿presento un escrito consintiendo la liquidación efectuada por la actora? o ¿dejo pasar el plazo de 5 días para impugnarla sin hacer ningún tipo de presentación?
Gracias a todos, SuperM.
Estuve buscando en los posts dedicados a este tema pero no encontré la respuesta a mi consulta.
Voy por la parte demandada en un cobro ejecutivo de alquileres que tiene sentencia que manda a ejecutar el monto del juicio, establece la tasa a aplicar para efectuar la liquidación, impone las costas, etc.
El actor practicó la liquidación respetando los lineamientos dados en la sentencia, revisé el cálculo y los montos incluidos, por mas que quiera son correctos y pienso consentir la liquidación; de más esta decir que existen fondos depositados en la cuenta de autos.
Mi duda tiene que ver con la fechas "desde" y "hasta" utilizadas para actualizar la deuda. La fecha "desde" tiene que ver el vencimiento de la obligación que es correcta. Ahora bien, la fecha "hasta" utilizada fue el 31/08/2009 y esta es la fecha que me trae dudas. Esta fecha no coincide con la sentencia (que es del 26/06/2009) pero coincide con la fecha de presentación de la cédula que hice para dar traslado a mi contestación posterior a la notificación de la sentencia.
No quiero ocasionarle a mi cliente mas gastos pero tampoco puedo dejar de chequear que la liquidación sea correcta en todos los puntos.
Agradezco a todos los que se toman tiempo en leer y por supuesto a aquellos que puedan responder mi consulta. Por último pido un consejo ¿presento un escrito consintiendo la liquidación efectuada por la actora? o ¿dejo pasar el plazo de 5 días para impugnarla sin hacer ningún tipo de presentación?
Gracias a todos, SuperM.


