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 #429458  por MARIELC
 
EL CASO ES ASÍ

UN SEÑOR RECIBE UNA CARTA DOCUMENTO DE TELEFÓNICA INTIMÁNDOLO A PAGAR $800 POR DEUDAS DE HACE ALREDEDOR DE 6 AÑOS.

LA COSA ES QUE ESE HOMBRE LE ALQUILÓ UN LOCAL SUYO A OTRO TIPO Y ÉSTE ÚLTIMO FUE QUIEN SACÓ LA LÍNEA TELEFÓNICA Y NO LA PAGÓ (ES DECIR, EL LOCATARIO ES EL DEUDOR).

HOY, DESPUÉS DE 6 AÑOS, EL LOCADOR RECIBE UNA CARTA DOC DE TELEFÓNICA DIRIGIDA AL LOCATARIO.

EL LOCADOR NO TIENE POR QUÉ PAGAR ESA DEUDA, NO?????? SI EL DEUDOR FUE EL LOCATARIO!!!!!

REDACTÉ ESTA CARTA DOCUMENTO, QUÉ LES PARECE?????

Intimo a Ud. plazo 48 hs. cese en enviarme intimación de pago respecto de Nº de cliente 0002717147 correspondiente a la línea telefónica Nº 1142007366 por la suma de $709,15.-, la cual he recibido en mi domicilio sito en calle Carlos Pellegrini 2439 de Quilmes Oeste a pesar de que dicha intimación va dirigida al Sr. Acosta Armando. Se aclara que el Sr. Acosta ha arrendado un local del cual soy propietario desde el año…. al año……., y a él es a quien le imputan la deuda telefónica ya que fue él quien solicitó y no abonó el servicio en legal tiempo y forma. Lo expuesto se solicita bajo apercibimiento de iniciar la correspondiente denuncia en Def. del Consumidor conf. Ley 24.240, iniciar acciones judiciales por Daños y Perjuicios y/o efectuar denuncia penal por extorsión y estafa (conf. arts. 168 y 172 Cód. Penal). Asimismo, intimo plazo 72 horas comunique lo antedicho a Organización Veraz S.A., para que rectifique, suprima o actualice los datos por Ud. informados en forma errónea sobre mi persona, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales. Queda Ud. debidamente notificado.
 #429560  por superm
 
Mariel:
A ver si te oriento. Las deudas que surgen de la utilización de los llamados servicios públicos tienen el carácter de personales, con lo cual, Telefonica (por lo que pude leer) esta intimando correctamente al titular de línea que es el inquilino. Obviamente, Telefónica manda la carta documento al domicilio donde se encuentra instalada la línea y si la deuda no se cancela puede ocasionar el retiro del N° allí instalado y esto es lo que perjudica a tu cliente (el locador del inmueble) porque nadie le puede exigir que pague la deuda que figura a nombre de otra persona.
Lo que te sugiero es que intentes hacer el cambio de titularidad de línea a favor de tu cliente con la documentación que respalda la titularidad del inmueble y la existencia del contrato de locación que le permitió al inquilino conseguirla en su momento. Si no conseguis el cambio de titularidad y la desvinculación de la deuda lo otro que debes evaluar es calcular si no conviene dejar que se retire la línea y el día de mañana pedir otra a nombre de tu cliente o de quien ocupe el inmueble.
Te dejo un último dato, las deudas de este tipo tienen la prescripción de cuatro años prevista en el árt. 847 del Cód. de Comercio, con lo cual, habría que ver si la acción de Telefónica no esta prescripta y, en consecuencia, no puede retirar nada sin que le ocasione un perjucio ¿no?

Sdos. SuperM
 #430593  por MARIELC
 
MUUUUUUCHASSSS GRACIASSSSSSSSSSSSSSSS