Hola:
Vino a mi estudio un cliente que en febrero 2009 celebró un contrato de locacion urbano en caracter de locador. Tanto locador como locatario certificaron firmas ante escribano público.
El asunto es que mi cliente (el locador) por motivos laborales no podía ir a retirar su contrato, entonces (muy inocentemente) parece que le dijo al locatario que retire ambas copias de la escribanía y despues le entregue la suya. Pero el locatario nunca entregó el contrato que le corresponde al locador (o sea mi cliente).
Mientras tanto, el locatario no paga los alquileres, y ocupó un garage del inmueble que no estaba estipulado en el contrato. (ademas solo abonó 2 meses)
Preguntonta: Puede el locador intimar al locatario por alq. vencidos y al cese de ocupacion indebida del garage a pesar de no tener el contrato en su poder?
La clausula dice así "Se constituye en garante lisa, solidaria y principal pagadora de todas las obligaciones que asume el locatario en este contrato, renunciando desde ya al beneficio de excusión y/o división hasta tanto se reintegre la propiedad cedida en locación, haciendose cargo de intereses, gastos, costos y honorarios profesionales, si los hubiera, la señora Bxxx Mxxxxx KXXXXX"
Primero debo intimar al locatario y luego al garante? O puedo intimar a ambos al mismo tiempo?
Yo entiendo que puedo intimar a ambos al mismo tiempo
Como suplo la falta del contrato?
Mi cliente me dice que el escribano está dispuesto a declarar que entregó el contrato al locatario de buena fe, supongo que algo ayuda, pero...
La escritura del inmueble será suficiente?
El locador me entregó una copia del texto del contrato. (Encima está estipulado como plazo de duracion un año, no estipula la tasa de interes por incumplimiento)
Es uno de esos contratos de libreria parece, un desastre.
En la carta documento: En el caso de no estipular intereses por los meses adeudados, aplico la tasa activa del Banco Provincia?
Desde ya muchas gracias por haber leido el post,
Saludos cordiales.
Vino a mi estudio un cliente que en febrero 2009 celebró un contrato de locacion urbano en caracter de locador. Tanto locador como locatario certificaron firmas ante escribano público.
El asunto es que mi cliente (el locador) por motivos laborales no podía ir a retirar su contrato, entonces (muy inocentemente) parece que le dijo al locatario que retire ambas copias de la escribanía y despues le entregue la suya. Pero el locatario nunca entregó el contrato que le corresponde al locador (o sea mi cliente).
Mientras tanto, el locatario no paga los alquileres, y ocupó un garage del inmueble que no estaba estipulado en el contrato. (ademas solo abonó 2 meses)
Preguntonta: Puede el locador intimar al locatario por alq. vencidos y al cese de ocupacion indebida del garage a pesar de no tener el contrato en su poder?
La clausula dice así "Se constituye en garante lisa, solidaria y principal pagadora de todas las obligaciones que asume el locatario en este contrato, renunciando desde ya al beneficio de excusión y/o división hasta tanto se reintegre la propiedad cedida en locación, haciendose cargo de intereses, gastos, costos y honorarios profesionales, si los hubiera, la señora Bxxx Mxxxxx KXXXXX"
Primero debo intimar al locatario y luego al garante? O puedo intimar a ambos al mismo tiempo?
Yo entiendo que puedo intimar a ambos al mismo tiempo
Como suplo la falta del contrato?
Mi cliente me dice que el escribano está dispuesto a declarar que entregó el contrato al locatario de buena fe, supongo que algo ayuda, pero...
La escritura del inmueble será suficiente?
El locador me entregó una copia del texto del contrato. (Encima está estipulado como plazo de duracion un año, no estipula la tasa de interes por incumplimiento)
Es uno de esos contratos de libreria parece, un desastre.
En la carta documento: En el caso de no estipular intereses por los meses adeudados, aplico la tasa activa del Banco Provincia?
Desde ya muchas gracias por haber leido el post,
Saludos cordiales.
