Estimados colegas:
Necesitaría algunas aclaraciones si es posible (y pertinente). Es mi primer divorcio (como profesional, llevo dos en lo personal y no aprendí). El mismo sale como presentación conjunta, hay acuerdo en todo, salvo algunos aspectos sobre los que les pido ayuda.
El depto asiento del hogar conyugal es cedido por el esposo (100 % a su nombre aunque ganancial) a su cónyuge. El tema es que tiene una hipoteca (quedan unos 5 años=50000pesos). El esposo se compromete a abonar la cuota de la hipoteca hasta cancelar. Supongamos que el juez homologa el acuerdo ¿puedo pisar la inscripción durante el tiempo necesario? Porque evalué que si inscribo el bien a nombre de la mujer, por más compromiso que haya de pagar por parte del esposo, si éste palma se queda en Pampa y la vía con la carga de la hipoteca; en cambio, si dejo la inscripción en suspenso, su eventual fallecimiento cancela la hipoteca y luego inscribo con la sentencia de divorcio, sin deuda alguna.
Otro tema: el esposo acuerda además abonar una cuota mensual en función de los gastos. ¿Cómo puedo garantizar el ajuste?
Último tema: ¿puedo patrocinar a ambos solo? Esta duda me surge pues leí algunos autores que expresan que cada cónyuge debe tener su letrado, aunque sea por presentación conjunta.
Y ya que estamos: leí o escuché algún beneficio temporal si se certifica la firma de los cónyuges en la demanda. ¿Alguien podría precisarme algo al respecto?
Gracias totales.
Necesitaría algunas aclaraciones si es posible (y pertinente). Es mi primer divorcio (como profesional, llevo dos en lo personal y no aprendí). El mismo sale como presentación conjunta, hay acuerdo en todo, salvo algunos aspectos sobre los que les pido ayuda.
El depto asiento del hogar conyugal es cedido por el esposo (100 % a su nombre aunque ganancial) a su cónyuge. El tema es que tiene una hipoteca (quedan unos 5 años=50000pesos). El esposo se compromete a abonar la cuota de la hipoteca hasta cancelar. Supongamos que el juez homologa el acuerdo ¿puedo pisar la inscripción durante el tiempo necesario? Porque evalué que si inscribo el bien a nombre de la mujer, por más compromiso que haya de pagar por parte del esposo, si éste palma se queda en Pampa y la vía con la carga de la hipoteca; en cambio, si dejo la inscripción en suspenso, su eventual fallecimiento cancela la hipoteca y luego inscribo con la sentencia de divorcio, sin deuda alguna.
Otro tema: el esposo acuerda además abonar una cuota mensual en función de los gastos. ¿Cómo puedo garantizar el ajuste?
Último tema: ¿puedo patrocinar a ambos solo? Esta duda me surge pues leí algunos autores que expresan que cada cónyuge debe tener su letrado, aunque sea por presentación conjunta.
Y ya que estamos: leí o escuché algún beneficio temporal si se certifica la firma de los cónyuges en la demanda. ¿Alguien podría precisarme algo al respecto?
Gracias totales.
Fabian
