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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #426950  por chiqui79
 
se pueden comprar los años que falten para los 30 de aportes pero no para la regularidad. Se entiende??? Completas todos los años de servicios requeridos, siempre que te de la edad del causante.
 #426960  por inesla
 
hola, agrego a lo de Chiqui, sino tenés que completar los años que su edad le permitían aportar, ej falleció a los 35, necesita 17 de aportes, sds (es Esparza acotado, según me dijeron)
 #426994  por diego79
 
Perdon, pero y por ej. si uno quisiera aportarle en SDM los 30 ultimos meses anteriores a su fallecimiento, pero denunciando empleador, osea en una categoría mas alta, no serviría para ir por la regularidad 30/36?
 #426996  por chiqui79
 
la regularidad no se puede comprar, eso tengo entendido yo. Tiene que tener el pago de aporte efectuado antes de cada vencimiento.
 #427613  por diego79
 
Chiqui, tampoco se podría compar denunciando empleador? O no se puede en autonomos pero en RRDD si? Te lo pregunto a vos que estás mas interiorizada en el tema, ojalá me des la posta!
 #427623  por ISIS
 
diego79 escribió:Chiqui, tampoco se podría compar denunciando empleador? O no se puede en autonomos pero en RRDD si? Te lo pregunto a vos que estás mas interiorizada en el tema, ojalá me des la posta!
En autonomos no se puede porque los pagos deben haber sido efectuados dentro del mes de vencimiento, no ser extemporaneos.
En rel.de dep., si lees la 57/08 te da las pautas en que se podria pagar extemporaneamente para pension...leela... :D
Tienen que ser aportes de SDM: rel.de dep.: mas de 16 hs por semana, 4 o mas dias a la semana y 4 o mas hs por dia, tener empleador, certif.de serv...etc...etc...las pautas las trae la norma que te indico.
Saludos.
 #427648  por SANTI07
 
la realidad es que se pague como se pague el SDM no se puede utilizar para la regularidad. Mas alla que la circ. 57 diga que con la presentacion de pruebas se acreditaria. si los pagos fueron extemporaneos van a pasar el expte a dictamen legal con las pruebas agregadas (y hasta pueden pedirte mas), sabiendo como es la movida del SDM ningun area legal se va arriesgar a acreditarlo sin pedir una verificacion. como en la verificacion no van a informar aportes, ni van a encontrar libros que registren el periodo declarado, legales no te lo va a acreditar. todo esto hablando de SDM inventado, si el titular realmente trabajo puede haber alguna esperanza. los pagos de beneficios con SDM extemporaneo para la regularidad estan siendo controlados por la Gcia de Investigaciones Especiales, es por eso que ninguna Udai se arriesga.