Hola, información de hoy de la Carss.
1.- Los recursos de la 884/06 están demorados a la espera de definición, por el momento no se vislumbra administrativamente, según la persona con la que hablamos, solución alguna.
2.- En referencia a Esparza, aplican "el acotado, es decir tiene que tener la persona hasta 48 años, morirse y tener 30 de aportes o la diferencia entre la edad al momento del fallecimiento y los 18 años. Esos serán los años requeridos para el otorgamiento.
Los planteos diferentes en la apelación de la Resol.884/06, los van a analizar, yo planteé un caso en el que la titular ofertó afectar la totalidad de los haberes devengados (aplicando a ese monto el interés que aplica la afip a sicam), sin resolución se la definición, en el caso de mi cliente, mejor, está trabajando y es una mujer joven, puede esperar y aspiro llegar a la justicia demostrando la voluntad de pago de la persona y creo que ha llegado el momento de hacer mención a la utilización incorrecta de los recursos de la seguridad social, a que el organismo informe cuántas pensionadas solicitan jubilación y cuál es el monto anual presupuestado por abonar esos beneficios, asimismo y cómo la norma dice que se dará un orden de prioridades, que efectúen el desarrollo, similar al de sentencias y otorguen un orden de prelación a los citados beneficios. Escucho opiniones, gracias
1.- Los recursos de la 884/06 están demorados a la espera de definición, por el momento no se vislumbra administrativamente, según la persona con la que hablamos, solución alguna.
2.- En referencia a Esparza, aplican "el acotado, es decir tiene que tener la persona hasta 48 años, morirse y tener 30 de aportes o la diferencia entre la edad al momento del fallecimiento y los 18 años. Esos serán los años requeridos para el otorgamiento.
Los planteos diferentes en la apelación de la Resol.884/06, los van a analizar, yo planteé un caso en el que la titular ofertó afectar la totalidad de los haberes devengados (aplicando a ese monto el interés que aplica la afip a sicam), sin resolución se la definición, en el caso de mi cliente, mejor, está trabajando y es una mujer joven, puede esperar y aspiro llegar a la justicia demostrando la voluntad de pago de la persona y creo que ha llegado el momento de hacer mención a la utilización incorrecta de los recursos de la seguridad social, a que el organismo informe cuántas pensionadas solicitan jubilación y cuál es el monto anual presupuestado por abonar esos beneficios, asimismo y cómo la norma dice que se dará un orden de prioridades, que efectúen el desarrollo, similar al de sentencias y otorguen un orden de prelación a los citados beneficios. Escucho opiniones, gracias
