Buenas tardes colegas.
Me encuentro aquí con una duda. Se me ha consultado respecto a la posibilidad de realizar un reclamo administrativo contra la Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación) por el cobro de capital básico obligatorio asegurado del “SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO DEL PERSONAL DEL ESTADO”. En estos seguros la prima estaba compuesta por una parte, por una "prima de riesgo" y por otra parte, por una "prima de ahorro"; y al finalizar por cualquier causa el contrato, el asegurado tenía derecho al reintegro de lo que pagó demás (como ahorro)
Este Seguro era contratado obligatoriamente con la Caja Nacional de Ahorro y Seguro por el organismo empleador que actuaba como tomador, que descontaba y pagaba siempre regularmente las primas correspondientes al mismo a lo largo de toda la relación de empleo. En 1995, la Caja pasó a manos privadas y la vieja Caja de Ahorro no devolvió el valor de rescate en función de los aportes realizados.-
El tema me toca de cerca ya que mis padres, han trabajado en YPF cuando era Sociedad del Estado y, si corresponde, quieren realizar los reclamos que sean procedentes.
Mi pregunta es la siguiente: ¿siguen aceptándose este tipo de reclamos o debería iniciarse juicio para obtener de esa manera el cobro?
Me encuentro aquí con una duda. Se me ha consultado respecto a la posibilidad de realizar un reclamo administrativo contra la Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación) por el cobro de capital básico obligatorio asegurado del “SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO DEL PERSONAL DEL ESTADO”. En estos seguros la prima estaba compuesta por una parte, por una "prima de riesgo" y por otra parte, por una "prima de ahorro"; y al finalizar por cualquier causa el contrato, el asegurado tenía derecho al reintegro de lo que pagó demás (como ahorro)
Este Seguro era contratado obligatoriamente con la Caja Nacional de Ahorro y Seguro por el organismo empleador que actuaba como tomador, que descontaba y pagaba siempre regularmente las primas correspondientes al mismo a lo largo de toda la relación de empleo. En 1995, la Caja pasó a manos privadas y la vieja Caja de Ahorro no devolvió el valor de rescate en función de los aportes realizados.-
El tema me toca de cerca ya que mis padres, han trabajado en YPF cuando era Sociedad del Estado y, si corresponde, quieren realizar los reclamos que sean procedentes.
Mi pregunta es la siguiente: ¿siguen aceptándose este tipo de reclamos o debería iniciarse juicio para obtener de esa manera el cobro?
