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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #424032  por avecita09
 
ES DECIR QUE SEGUN ART. 38 ES EL CESE Y TOMO EL CESE FICTICIO SI ES ANTERIOR A 09/93 ME PUEDO TOMAR HASTA 7 AÑOS POR DDJJ ???

MUCHAS GRACIAS. !!!!avecita09
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