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  • ME AYUDAN CON EL SICAM?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #420149  por CintiaSU
 
HOLA FORISTAS ALGUIEN PODRIA AYUDARME CON ESTE SICAM?
LA SEÑORA NACIO EL 25/12/1934, NO TIENE APORTES.
ES DECIR AL MOMENTO TIENE 74 AÑOS POR LO TANTO 14 AÑOS DE EXCESO, 7 AÑOS POR EL BENEFICIO DEL ART 3.
COMO SERIA EL CALCULO ALGUIEN PUEDE AYUDARME?
 #423091  por soloiure
 
Cintia,
Si no tiene aportes tomás desde el mes siguiente a aquél en el cual cumple los 18 años de edad, o desde 01/1955 (lo que sea posterior) en adelante y hasta reunirle, en este caso y según el exceso de edad que posee, 23 años en SICAM. Y luego le aplicás el beneficio de DDJJ.
Armá la situación de revista y posteala que te ayudamos. Suerte!
 #423599  por PBel
 
hola: me podrian ayudar on una jubilacion de un ama de casa con solo tres meses de aportes en el 78, tiene 62,por el art 19 tiene un año de servicio, me dijieron que comprara sdm por los dos años que me faltan para los treinta...la pregunta es...como se llenan los formularios 102 y 575?? y que tramites tengo que hacer primero...pagar los aportes en afip y despues lo inicio??? como hago despues con el sicam???

Muchas gracias
 #424276  por CintiaSU
 
gracias soloiure, la situacion de revista sería: 01/1953 a 09/1993. Vos decis que en vez de tomar la primer fecha tome en cuenta 01/1955? en cod pongo 307 costurera, no? Por exceso de edad tiene 7 años.
Lo que no entiendo es que si ya tengo 7 años y me faltan 23, estos pueden entrar en la moratoria porque de 01/1953 a 09/1993 son 40 años, o sea no necesito DDJJ, no? Me ayudan estoy re confundida.
 #424288  por lgaray
 
CintiaSU escribió:gracias soloiure, la situacion de revista sería: 01/1953 a 09/1993. Vos decis que en vez de tomar la primer fecha tome en cuenta 01/1955? en cod pongo 307 costurera, no? Por exceso de edad tiene 7 años.
Lo que no entiendo es que si ya tengo 7 años y me faltan 23, estos pueden entrar en la moratoria porque de 01/1953 a 09/1993 son 40 años, o sea no necesito DDJJ, no? Me ayudan estoy re confundida.

En realidad necesitas 22 A y 8 M en el Sicam, tiene 14 - 8 de exceso
La sit de revista partira del 1/55, no desde el 1953. -
La DJ va dentro de los 22 - 8 y terminará pagando 15 - 8
Mandala del 4/84 al 3/91.
Y para el resto, usa los periodos más baratos