Tengo el caso de una mujer que pagó 5 años (1999 a 2003) de moratoria ley 25865 en una categoría B cuando según el historial de categorías del SICAM y el padrón de AFIP le correspondía haberla pagado con categoría C (o sea que tendría que haber pagado con una categoría mas cara de la que en realidad pagó). La moratoria ley 25865 aparece CANCELADA y están hechos todos los pagos, pero el temor mío es que al momento del inicio se descubra el error y rechacen el trámite, ya que pienso dejar el periodo 1999 a 2003 del SICAM con deuda y presentar las pantallas de la cancelación del plan ley 25865 para dar por cancelado ese período. Les agradecería que si alguno tuvo un caso similar me de su opinión. ¿Revisarán tan estrictamente?
Cordialmente.
Jerónimo.
Cordialmente.
Jerónimo.
