Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • calculos d reajustes

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #422024  por markello
 
fijense que en la asociacion cobran $90 a socios y $130 a NO socios. Los socicos pagan mensualmente una cuota de 60 pesos.

Nosotros cobramos $100 por los calculos y considero que ese coste esta bien en base al tiempo y evaluación de cada caso.

Slds
 #422064  por mas007
 
andrea1982 escribió:Lo charlamos en el estudio y acordamos mantener el precio de $50 el cálculo, nos parece que ese precio está más que bien...
Qué opinan los demás foristas???
Cuánto se debería cobrar este trabajo?
Escuche por ahi que algunos piden $130.
Andrea me interesaria saber como podemos hacer el calculo, soy de Mar del Plata... Te dejo mi mail mas_007ar(arroba)hotmail.com
 #422100  por markello
 
Alejandra Radua escribió:Hay otra forsita que cobra $ 50.- Yo los hago con ella.
Esta muy bien el coste del servicio que cobre cualquier profesional, es su esfuerzo, conocimiento y sacrificio. No estoy aqui para discutir el coste del servicio de cada profesional.
Solo estoy contestando a una inquietud e informo cuanto cobra la asociacion y cuanto el que suscribe.
No tengo interes de ofrecer mis servicios, solo estoy contestando a una duda, la cual transcribo

Reporta este postResponder con cita Re: calculos d reajustes
por andrea1982 el Mar Abr 21, 2009 7:04 pm

Nosotros cobramos $50, nos estaremos quedando cortos?
 #422102  por markello
 
Alejandra Radua escribió:Hay otra forsita que cobra $ 50.- Yo los hago con ella.
continuo

andrea1982 escribió:
Lo charlamos en el estudio y acordamos mantener el precio de $50 el cálculo, nos parece que ese precio está más que bien...
Qué opinan los demás foristas???
Cuánto se debería cobrar este trabajo?
Escuche por ahi que algunos piden $130.
 #422112  por andrea1982
 
Perdón, me meto porque me nombran...
En el estudio siguen cobrando $50, les sigue pareciendo bien ese precio,máxime cuando saben que el colega tiene que pedirle ese dinero a su cliente (jubilado) o ponerlo de su bolsillo.
No llega a ser el precio de una consulta...ya menos, sería demasiado.
Pero tampoco se de donde es markello, quizás de donde es el ese precio está más que bien.
 #422175  por markello
 
andrea1982 escribió:Perdón, me meto porque me nombran...
En el estudio siguen cobrando $50, les sigue pareciendo bien ese precio,máxime cuando saben que el colega tiene que pedirle ese dinero a su cliente (jubilado) o ponerlo de su bolsillo.
No llega a ser el precio de una consulta...ya menos, sería demasiado.
Pero tampoco se de donde es markello, quizás de donde es el ese precio está más que bien.
Andrea, soy de CABA y litigo hace mas de 15 años en reajustes de haberes en los tribunales federales de la capital federal.
Desafortunadamente, vivi varios procesos previsionales en este bendito pais. Imaginate, antes ibamos a la justicia laboral o contencioso administrativo y luego del 94, aparecio esta nueva legislacion y tuvimos unos años deambulando entre la declaracion de incompetencia de la justicia laboral y contenciosa y llevando todo a marcelo t de alvear.
Ademas padecimos situaciones de litigar contra una CAJA y luego pasaba al Anses (hablo de la ex -imps) y muchos de mi edad y en esa epoca veian como se tiraban la pelota uno al otro ya no solo por la aplicacion del decreto o ley, sino cuales eran los periodos que tenian que abonar unos y que periodos otros.
Luego que volvio todo sobre rieles, eramos muy poquitos los que utilizabamos la PRIMERA INSTANCIA FEDERAL y despues empezaron a dividirse las deudas entre el anses y las cajas y por ULTIMO, lo mejor de todo, VINIERON LOS BOCONES, la caja de valores, la confiscatoriedad superior al 10% del chocobar, la aparicion de las AFJP, el AMPO, el MOPRE, las primeras liquidaciones solicitadas al CUERPO DE PERITOS CONTADORES DE LA CORTE, y por ultimo cuando mas o menos teniamos todo listo, aparecio el Señor badaro, las liquidaciones de parte por el BLUE CORP, JAUREGUI O MORENO.
Ultimamente la aparicion del Señor Elliff para movilidad y Cirillo o Zagari la actualizacion. Para terminar el nuevo caso BERON y la INCONSTITUCIONALIDAD DE LA 26417.
Ese soy yo, aca ando, reajustando haberes y modificando extrategias y escritos para lograr defender derechos del jubilado.
Respecto al coste, siempre digo que lo que cobre un profesional, esta PERFECTO, no venimos nosotros a discutir sobre gastos y honorarios porque no nos corresponde.
Solo estoy contestando a una pregunta generadora de este post y solo colaboro informando cual es nuestro procedimiento y cual es el coste de la Asociacion.
Respeco al coste del calculo realizado a un profesional (sea colega, contador, gestor, etc) el coste incluye el calculo inicial, y cualquier calculo ampliatorio hasta la sentencia firme, ya sea por modificacion de las pautas ordenadas en la Sentencia.
Es decir, acompañar al colega en la parte del calculo durante la vigencia del proceso.
Por ultimo y en la ejecucion de sentencia se hace una revision de la liquidacion realizada por el anses y se confronta con la liquidacion realizada por nuestro equipo al momento del efectivo pago de la demandada.
Como bien sabemos, no solo tenemos que partir de una liquidacion prima facie para verificar un calculo previo al reclamo, tambien actualizamos dicha liquidacion al momento de iniciar la demanda ya que ha pasado un cierto tiempo desde el reclamo y la demanda y por tanto dicha liquidacion debe estar actualizada a la peticion.
En la sentencia, quizas modifiquen pautas de liquidacion, ya sea tasas de intereses a aplicar, algun descuento porque quizas haya cobrado un juicio anterior y el patrocinante no lo haya notado, y cualquier circunstancia que figure en la sentencia de primera instancia,.
Y como bien dije, en la ejecucion de sentencia y al momento de la liquidacion por parte de la demandada (aproximadamente 4 o 5 años despues del reclamo administrativo) y en caso que nuestro colega lo necesite, actualizamos todo el retroactivo para verificar si el Anses ha cumplido con la liquidacion ordenada en autos y si el pago es correcto y si hay una diferencia importante, el profesional sabra como proceder.
No vengo a objetar ninguna labor profesional, solo estoy respondiendo a tu inquietud y siendo mas extenso, solo te comento el procedimiento de nuestro equipo.
Saludos
 #422211  por andrea1982
 
Me parece perfecto...
Yo soy estudiante, trabajo en un estudio juridico con más de 35 años de experiencia, asi que tampoco somos improvisados, supongo que la diferencia de precio radica en que soy de Rosario.
Pero no creo que el precio sea algo discutible...
 #422223  por markello
 
Mira, me venis como anillo al dedo, siempre tuve esta duda y cada vez que estoy con colegas del interior me olvido de preguntarle (sera la edad)
Vos sos de rosario, tengo una duda ya que mis clientes son todos de capital federal.
Como son los tramites de Reajustes alli?
Hablo de donde se presenta la demanda, y si cualquier tribunal federal es competente?
Te cuento esto porque siempre litigue en capital federal y no se como hacen ustedes ya que nosotros tenemos juzgados previsionales propios.
Tampoco se como hacen en mar del plata, que entiendo que hay muchos previsionalistas por alli.
Como es el proceso judicial en Rosario, ojo, no hablo de la ley, hablo del procedimiento de inicio.
Despues de que llega la nota denegatoria que hacen?
Existe el sorteo web como en la capital?
Llenan minutas y actas poder?
El Acta poder es gratuito y via web como aqui?
Que sucede si tienen un cliente de santiago del estero (por ejemplo)?
o un cliente de capital?

Quizas sea una pregunta obvia y tonta, pero la verdad no se como es este procedimiento alli.

Saludos y gracias de antemano
 #422255  por andrea1982
 
En Rosario hay juzgados federales (4, 2 con competencia múltiple, y 2 penales), 2 tribunales orales en lo criminal y cámara de apelaciones (que no tiene competencia en materia de seg. social).
La demanda se presenta ante el juez federal de turno (1 y 2 que tiene competencia múltiple, excepto para lo electoral y penal), la apelación si tramita ante la cámara de la seg. social en Capital.
El poder se firma ante el juez de turno y no hay que pagar nada...

Solo se paga la boleta de iniciación, en el Bco.

Creo que esa era tu duda
SALUDOS!!!
 #422263  por markello
 
que bien, gracias, menos burocracia.

Bueno, aca con esto de la implementacion de los sorteos por web y desde el 31 de agosto ampliado a los poderes, tenemos mayor celeridad .

Pensar que los sorteos para juzgados previsionales iniciados en forma personal (sin web) tienen un retraso de 3 meses, SOLO EL SORTEO.

slds y gracias
 #422283  por andrea1982
 
Alejandra Radua escribió:Hay otra forsita que cobra $ 50.- Yo los hago con ella.
Muchas gracias por tenerme en cuenta :-)

Y Markello: nos mantemos en contacto. Saludos.