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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #421101  por investigando25
 
se trata de una señora extranjera , que le hice pagar el SDM en el periodo 4/2000 al 4/2005, por un error de la cajera una boleta de $ 20.- la imputo a agosto/2009 - como hago para solucionar el problema, porque si pago otra vez los $ 20 en agosto del /2000 que es el mes que falta , tengo el apgo de $ 23 -
Pero al tener el pago en agosto/2009 , me cambia la fecha de cese y pierdo los años que le iba a descontar por DDJJ del SICAM. o puedo renuncioar a ese mes pagado y cómo? como puedo solucionar para que no pierda los 2 años de art. 3 - gracias desde ya -
 #421104  por Vaness29
 
me paso una vez y por ello me demoró un año el trámite, tube que pedir en afip la anulacion del pago indebido, tubo que ir la titular a hacer una declaración en afip.
 #421108  por estudiocm
 
lamentablemente ese es el problema con sdm hay que controlar MUY BIEN los tickets en el momento. Yo hace 3 meses que pedí en afip la reimputación de 10 pagos que el cajero de Banco Francés los imputó TODOS al 07/08. Todavía estoy esperando. Tendrías que plantearle a tu clienta las opciones y ver si le conviene esperar tanto o prefiere que la cuota de la moratoria le de un poco más alta.
Paula
 #421115  por hugo2
 
investigando25 escribió:se trata de una señora extranjera , que le hice pagar el SDM en el periodo 4/2000 al 4/2005, por un error de la cajera una boleta de $ 20.- la imputo a agosto/2009 - como hago para solucionar el problema, porque si pago otra vez los $ 20 en agosto del /2000 que es el mes que falta , tengo el apgo de $ 23 -
Pero al tener el pago en agosto/2009 , me cambia la fecha de cese y pierdo los años que le iba a descontar por DDJJ del SICAM. o puedo renuncioar a ese mes pagado y cómo? como puedo solucionar para que no pierda los 2 años de art. 3 - gracias desde ya -
tenes que pedir reimputacion de pagos en afip con form. 399, algunas udai te dejan iniciar presentando el comprobante de afip, fijate que hay muchos post con este tema.
 #421182  por investigando25
 
pregunta- pero estos pagos del sdm aparece en anses como relación de dependencia, porque tengo que pedir en afip la reimputacion de pago.
yo estoy dispuesta a pagar de vuelta los $ 20.- para que se impute a agosto del 2000- no hay forma de renunciar a ese aporte en agosto del 2009 -
 #421187  por hugo2
 
investigando25 escribió:pregunta- pero estos pagos del sdm aparece en anses como relación de dependencia, porque tengo que pedir en afip la reimputacion de pago.
yo estoy dispuesta a pagar de vuelta los $ 20.- para que se impute a agosto del 2000- no hay forma de renunciar a ese aporte en agosto del 2009 -
Relacion de dependencia, autonomos, monotributo, impuesto a las carreras de caballos, etc, todo va a parar a la afip.
 #421203  por estudiocm
 
Además de lo que te dice hugo2 si pagaste $20 NO es relación de dependencia, rrdd es cuando pagás $55 y no lo hacemos precisamente porque es mentira que trabajaron y si es rrdd tenés que denunciar empleador
Paula
 #421204  por ISIS
 
investigando25 escribió:pregunta- pero estos pagos del sdm aparece en anses como relación de dependencia, porque tengo que pedir en afip la reimputacion de pago.
yo estoy dispuesta a pagar de vuelta los $ 20.- para que se impute a agosto del 2000- no hay forma de renunciar a ese aporte en agosto del 2009 -
El 399 creeria que es la unica opcion...y tarda meses yo estoy en la dulce espera con un tema hace 6 meses... :? :?
 #421513  por Vaness29
 
investigando25 escribió:pregunta- pero estos pagos del sdm aparece en anses como relación de dependencia, porque tengo que pedir en afip la reimputacion de pago.
yo estoy dispuesta a pagar de vuelta los $ 20.- para que se impute a agosto del 2000- no hay forma de renunciar a ese aporte en agosto del 2009 -
te cuento como hice eu- Como ya habia pagado sdm y la cuota, y la sra no tenia mas plata para pagar de nuevo otra cuota, presenté bajo insistencia la jubilacion , porque? por el tema de la declaracion jurada del art 3 24476.
en forma concomitante hice el tema de la afip, renuncia a pagos indebidos, pero porque era solo un pago, ésto lo presenté en diciembre y para febrero ya estaban dados de baja esos pagos en el sipa, es decir afip resolvio rapido en este caso, PERO, la jubi me tardo igual por presentar bajo insistencia, y legales tenia muchos expediente, si que me cobró al año. Cuando agarro legales el expedientes ya estaba corregido el sijp, porque lo que estaba bien hecho bien el sicam con el beneficio art 3.