HOLA A TODOS. LA CONSULTA ES LA SIGUIENTE. EN UN DAÑOS Y PEJUICIOS PCIA DE BUENOS AIRES. ANTE LA INMINENTE PRESCRIPCION DE LA CAUSA, (NUNCA SE TRABO LA LITIS) Y PARA QUE NO ME OPONGAN LA CADUCIDAD. LA IDEA ES DESISTIR DE LA ACCION Y REINICIAR LA DEMANDA NUEVAMENTE. ALGUIEN TIENE IDEA COMO JUEGAN EL TEMA DE LAS COSATAS, TASA DE JUSTICIA E INGRESOS BRUTOS QUE ME RECLAMA LE JUZGADO ???? ...GRACIAS
No se trabó la litis pero si se inició la demanda?,si es éste el caso,aunque no se haya trabado la litis,pero existen movimientos útiles en el expte.,no va a operar la prescripción ya que cada movimiento la interrumpe;muchas veces pasa que no es facil trabar la litis porque no podes ubicar y/o notificar al demandado,pero esto no significa que prescriba ni se dicte caducidad de instancia de oficio (por la reforma que tuvo al respecto el Código Procesal).
Yo te diria que resuelvas lo que falta y sigas adelante.
