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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #418581  por maria80
 
Hola Colegas, les quiero hacer la siguiente consulta:
Es el caso de una viuda, cuyo esposo fallecio en julio de éste año (2009), el hombre fallecio a los 63 años. Segun una abogada tiene este hombre 32 años de servicios en relacion de dependencia y segun otro abogado que consulto le dijo que le faltaba 1 año, todo ello porque estaban tramitando en el año 2001 un retiro por invalidez, pero el hombre nunca continuo el tramite, y ahora fallecio:

1. La viuda puede iniciar una pension por fallecimiento?
2. Si en posible que se la otorguen, debe comprar ese año que le falta?
3. resulta que todo este tema me consuta la hija de esta señora, aqui en la provincia de Tucumán, pero la madre (viuda) vive en Jujuy, puede hacerse aca el tramite o se lo debe hacer en Jujuy?.
Por favor agradezco desde ya sus aportes. Saludos
 #418590  por MARIO1943
 
maria80 escribió:Hola Colegas, les quiero hacer la siguiente consulta:
Es el caso de una viuda, cuyo esposo fallecio en julio de éste año (2009), el hombre fallecio a los 63 años. Segun una abogada tiene este hombre 32 años de servicios en relacion de dependencia y segun otro abogado que consulto le dijo que le faltaba 1 año, todo ello porque estaban tramitando en el año 2001 un retiro por invalidez, pero el hombre nunca continuo el tramite, y ahora fallecio:

1. La viuda puede iniciar una pension por fallecimiento?
2. Si en posible que se la otorguen, debe comprar ese año que le falta?
3. resulta que todo este tema me consuta la hija de esta señora, aqui en la provincia de Tucumán, pero la madre (viuda) vive en Jujuy, puede hacerse aca el tramite o se lo debe hacer en Jujuy?.
Por favor agradezco desde ya sus aportes. Saludos


SI TIENE 32 AÑOS DE RR.DD. LE SOBRA APORTE, LE PODES HACER LA PENSION DIRECTA
LA ACREDITACION DE DATOS, LA PODES HACER EN TUCUMAN, PERO CUANDO PIDAS
TURNO POR LA PENSION TE VA A SALIR EL TURNO EN JUJUY POR QUE TIENE EL DOMICILIO ACREDITADO EN JUJUY
 #418593  por almabal
 
Creo que lo primero que debes hacer es analizar la situación para conocer la realidad del fallecido. Ver sus certificaciones, pedir la sábana y cotejar con lo que tenga de documentación respaldatoria de su rel dep. Así sabrás si está en condiciones de pedir la pensión. En cuanto a la acreditación, la viuda puede acreditar en su provincia y si tenés credencial de Anses podrás pedir el turno en la tuya pero contodos los form. con firma certificada y el DNI original de la viuda más la doc. para pensión.
 #418636  por maria80
 
Gracias por sus respuestas, queria volver a preguntarles si en el caso de que le falten años, deberá comprarlo, verdad?.
 #421349  por maria80
 
Hola almabal, la ultima consulta es: si entendi bien, yo puedo sacar el turno desde tucuman y que la viuda me mande la documentacion que tenga, mas su DNI, y me decis los formularios con firma certificada, ésto ultimo, se refiere a que ella me tiene que mandar los formularios con su firma certificada?. Gracias, espero tu respuesta
 #421377  por almabal
 
Si necesitás comprar años tiene que estar inscripto en autónomos, o entrarlo por insistencia y cuando deniegan ir a la CARSS.
En cuanto a lo del domicilio, para el turno debés llevar el DNI original (en algunas UDAI aceptan copia autenticada por Tribunales) y todos los formularios firmados por la viuda con su firma certificada por Tribunales o Anses (preguntá en tu UDAI, cualquier duda)