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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #420513  por ceci81
 
Hola Gente!!
les cuanto que no encontre otro topic con este tema, pro ello hago uno nuevo.
Me llegouna jub, de un hombre de 60 años, y con 20 años de aportes, la mayoria de abrero,
`pero la ley habla q de los ultimos 15 años deap ortes 12 tiene que ser de la construcciony
este requi no lo tiene.
Puedo tomar los anterirores??
Y por otro lado tengo el historial laboral en mis manos,
como hago para darme cuenta cuales osn los aportes de la construccion??
no me doy cuenta, el me jura que trabajo siempre en la construccion, pero como lo confirmo??
desde ya gracias
 #420700  por MARIO1943
 
ceci81 escribió:Hola Gente!!
les cuanto que no encontre otro topic con este tema, pro ello hago uno nuevo.
Me llegouna jub, de un hombre de 60 años, y con 20 años de aportes, la mayoria de abrero,
`pero la ley habla q de los ultimos 15 años deap ortes 12 tiene que ser de la construcciony
este requi no lo tiene.
Puedo tomar los anterirores??
Y por otro lado tengo el historial laboral en mis manos,
como hago para darme cuenta cuales osn los aportes de la construccion??
no me doy cuenta, el me jura que trabajo siempre en la construccion, pero como lo confirmo??
desde ya gracias
SI TIENE ALGUNOS AÑOS AUNQUE NO LLEGUE A LOS 12 AÑOS EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS SE PUEDE PRORRATEAR, LAS TAREAS QUE NO ESTAN DENTRO DE LOS ULTIMOS 15 AÑOS SON CONSIDERADAS COMUNES
PARA SABER SI SON TAREAS DE CONTRUCCION, TIENE QUE QUE ESTAR INSCRIPTO EN el INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
 #420924  por previsionalycontable
 
previsionalycontable escribió:Fijate aqui se desarrollo un poco y tengo otra opiñon con el tema prorrateo
viewtopic.php?f=8&t=73653&p=409804&hili ... es#p409804
albañiles
Fijate en el PRev 11-38, especialemente esta parte:

Prorrateo:
Cuando se acrediten servicios de los mencionados en los párrafos precedentes, por un tiempo inferior al mínimo de 12 años inmediatos anteriores al cese o a la solicitud del beneficio, y alternadamente otros de cualquier naturaleza a los fines del otorgamiento de la Prestación Básica Universal (PBU), se efectuará un prorrateo en función de los límites de antigüedad y edad requeridas para cada clase de servicios.
En tal sentido no corresponde la aplicación de prorrateo alguno si se acreditan 12 años de servicios dentro de los últimos 15 años, aunque el resto de los servicios para alcanzar los 25 años hayan sido prestados en un ámbito ajeno al de la industria de la construcción.