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  • sucesion exclusion muerte causantes

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 #419744  por darie
 
Hola Colegas, el caso es el siguiente.
un matrimonio venian de viaje y tienen un accidente, salen despedidos del coche. Se presentan los medicos y bomberos, y cuando son trasladados, mueren ambos supuestamente camino al hospital. La cuestion es la siguiente, segun los certificados de defuncion, el marido muere 2 horas antes que la sra. por lo que se presentan sus herederos, y piden declaratoria, solicitando la exclusion de los herederos del marido. No tenian hijos. Los herederos son sobrinos de ambas partes. Es asi que nos presentamos por parte de los sobrinos del marido, en la sucesion (aun no hay declaratoria), pidiendo se abra a prueba a fin de determinar, mediante informes y demás, quien en realidad murio primero, o si no se puede determinar tal circunstancia, aplicar que murieron en forma conjunta. Ahora bien, el juez, dice que la sucesion no es la via para tal demostracion, y que deberiamos ir por la redargución de falsedad de los certificados de defunción. En mi consideracion, el juez se esta olvidando que segun la doctrina y la jurisprudencia, el certificado de defuncion solo sirva para probar la muerte de una persona, pero no los demás datos, que no ha sido pasados por el funcionario que lo expide, tales como el domicilio, la hora de la muerte, la causa, etc. Es por ello, que pedi la apertura a prueba, pero no me la otorga.
OPINENNNNNNN, ALGUIEN TUVO CASO SIMILAR???
 #419848  por pompona
 
Hola: te cuento que el juez tiene la razón porque la sucesión es sólo para declarar quienes son los herederos y los deudores del causante.
Tenés que iniciar un proceso en el mismo juzgado (la sucesión ejerce fuero de atracción) y allí te presentas, es un proceso de Redargución de Falsedad de documentos públicos (las Actas de Defunción) pero ojo, vos tenés que probar que el horario de los fallecimientos es falso. Es una cuestión de prueba, antes de iniciar fijate muy bien con que pruebas contás, pensá que tenés que probar que los que declararon las horas de las muertes mintieron o se equivocaron.
Si la sucesión es en Capital tenes que pedir mediación. Fijate que si la tenés que entrar por incidente en la sucesión me parece que tenés 10 días hábiles para hacerlo, despues de la fecha de la notificación del proveído que te sacó el juez de la sucesión.
Si podés bajate gratis de Internet Acciones Judiciales en el Derecho Sucesorio de Graciela Medina
Suerte
 #419961  por darie
 
Pompona gracias por tu lineas!
Bien, veremos que es lo que hago, pero lo que yo veo es que la hora de defunción, generalmente, se pone en base a lo que declara, alguien, sin mediar prueba médica. Como ves eso?