Hola foristas!!! como estan?? recurro nuevamente a uds... es mi primer caso previsional y estoy bastante perdida... estuve leyendo lo que encontré como para entrar en onda pero no es mucho lo que aclare... les explico el caso:
Mi cliente que era autónoma, ya esta jubilada.
Tengo la resolución y el cálculo aunque cuesta entender.
Paso los datos que me parecen relevantes: Su fecha de alta es 06/2005, con un haber de Alta de $ 398,06, ingreso base: haber autonomos $628,79 y mas abajo dice “tiempo tomado para el calculo: 20 años 9 meses (antes del 07/94)
Ella siempre aportó hasta el año 1999 a la categ D y luego a la categoría E. Sin embargo en la planilla del calculo del anses figura en categoría B (aunque ella aportaba a D); y luego figuran aportes a la D (cuando aportaba a la E).-
Mi cliente, en el año 2005 presento un escrito pidiendo que le aclaren el porque de esas diferencias y adjunto una planilla donde se nota con mucha claridad la diferencias de aportes según anses y según los comprobantes de los aportes hechos realmente.
La rta fue textualmente: que… “hasta junio/08 se equipararon las categorías por lo que dispone el decreto 1861/80; por ello la diferencia entre lo informado por afip y las consideradas en el haber jubilatorio, apartir del mes de julio/08 se tomaron las categorías detalladas por afip.
Si bien el decreto 1864/80 es reglamentaria de la ley 18038 es de aplicación en el SIJP según los dispuesto en el art 156 de la 24241” atte.
Después de leer eso realmente no se que pensar…me descoloco totalmente porque cuando intento buscar el o los decretos que menciona no existen o al menos no los puedo encontrar (el decr. 1861/80 y el 1864/80 porque no se si son el mismo o se equivocaron)
Por eso les pido:
si alguien tiene esos benditos decretos y me los puede pasar o decirme donde buscar porque en la pag de anses no estan.
si me pueden recomendar libros para poder estudiar el tema , he leido unos cursos que estan dando vueltas por el foro y me aclararon algo pero me gustaria saber si hay algun material interesante para entrar a estudiuar el tema (mas que nada que apunte a la parte practica pero sin descuidar lo teorico)
finalmente si me pueden dar algunos tips respecto al caso que expuse recien porque no se para donde apuntar...
una pregunta: puede entenderse que el escrito que presento mi clienta en el 2005 y la rta dada por anses agotaron la via adm???
otra: que opinan de la rta que dio anses??? es correcto?? porque por lo que veo ella tiene 2 problemas: 1) es que la jubilaron en una categoria incorrecta y 2) el otro punto a reclamar es el de la movilidad jubilatoria segun fallo badaro y Elliff...
Bueno si necesitan otro dato extra o si me pueden orientar se los voy a agradecer...
Saludos y gracias por la atenciíon
Mi cliente que era autónoma, ya esta jubilada.
Tengo la resolución y el cálculo aunque cuesta entender.
Paso los datos que me parecen relevantes: Su fecha de alta es 06/2005, con un haber de Alta de $ 398,06, ingreso base: haber autonomos $628,79 y mas abajo dice “tiempo tomado para el calculo: 20 años 9 meses (antes del 07/94)
Ella siempre aportó hasta el año 1999 a la categ D y luego a la categoría E. Sin embargo en la planilla del calculo del anses figura en categoría B (aunque ella aportaba a D); y luego figuran aportes a la D (cuando aportaba a la E).-
Mi cliente, en el año 2005 presento un escrito pidiendo que le aclaren el porque de esas diferencias y adjunto una planilla donde se nota con mucha claridad la diferencias de aportes según anses y según los comprobantes de los aportes hechos realmente.
La rta fue textualmente: que… “hasta junio/08 se equipararon las categorías por lo que dispone el decreto 1861/80; por ello la diferencia entre lo informado por afip y las consideradas en el haber jubilatorio, apartir del mes de julio/08 se tomaron las categorías detalladas por afip.
Si bien el decreto 1864/80 es reglamentaria de la ley 18038 es de aplicación en el SIJP según los dispuesto en el art 156 de la 24241” atte.
Después de leer eso realmente no se que pensar…me descoloco totalmente porque cuando intento buscar el o los decretos que menciona no existen o al menos no los puedo encontrar (el decr. 1861/80 y el 1864/80 porque no se si son el mismo o se equivocaron)
Por eso les pido:
si alguien tiene esos benditos decretos y me los puede pasar o decirme donde buscar porque en la pag de anses no estan.
si me pueden recomendar libros para poder estudiar el tema , he leido unos cursos que estan dando vueltas por el foro y me aclararon algo pero me gustaria saber si hay algun material interesante para entrar a estudiuar el tema (mas que nada que apunte a la parte practica pero sin descuidar lo teorico)
finalmente si me pueden dar algunos tips respecto al caso que expuse recien porque no se para donde apuntar...
una pregunta: puede entenderse que el escrito que presento mi clienta en el 2005 y la rta dada por anses agotaron la via adm???
otra: que opinan de la rta que dio anses??? es correcto?? porque por lo que veo ella tiene 2 problemas: 1) es que la jubilaron en una categoria incorrecta y 2) el otro punto a reclamar es el de la movilidad jubilatoria segun fallo badaro y Elliff...
Bueno si necesitan otro dato extra o si me pueden orientar se los voy a agradecer...
Saludos y gracias por la atenciíon
