En un juicio de daños donde se reclama al titular vehicular y su cia de seguro, llegando a una sentencia condenatoria, ¿quien es el que paga, la cia de seguros o el titular vehicular? Gracias.

martins escribió:Gracias a ambos. Ya se que en principio cualquiera de los 2.En la práctica,las compañías de seguros suelen pagar y son mas faciles de ejecutar por su liquidez (tienen dinero en cuentas bancarias).
Pero en el caso de condena, sera al demandado y a su cia de seguros, pero en la practica quien paga? Paga siempre la cia de seguros? En que casos no lo hara?.
Si tengo que patrocinar a un demandado, le digo que de todas formas la cia de seguros se hara cargo del monto a pagar? Pueden ampliar. Muchas gracias.
abogado_1987 escribió:Martins, la sentencia ordena > " ... FALLO: I.- Haciendo lugar a la demanda y, en consecuencia, condeno a Juan ................ y " .... (compañia de seguros) ...." a pagar a los actores -dentro del plazo de diez dias- la suma de $............. ( .......................... ), con mas sus intereses en la forma indicada y las costas del juicio (art. 68 del CPC) .... "
