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  • CADUCIDAD DE OFICIO DEL BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

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 #411993  por eltano76
 
Me decretaron la Caducidad de Oficio del BLSG. El principal es un Daños y Perjucios en donde se esta intentando la notificacion a la parte demandada, ya que no se puede identificar el domicilio. Todavia no se notificaron a las partes, lo que sucede que es imposible que el cliente te traiga la documentacion necesaria para presentar. Bueno como puedo hacer ahora, puedo volver a inicar uno nuevo (exactamente igual como inicie el otro). Como queda el anterior? En la resolucion de la Caducidad se expresaron con respecto a costas a la actora (a que se refiere con eso puntualmente)
Por favor necesito saber urgente que hacer, ya que no se como queda el tema, pues la tasa al ser el monto elevado (alrededor de $40.000) no tiene para pagar la misma -por eso iniciamos con BLSG-. Otro tema es saber como queda mi responsabilidad como profesional, y si es recomendable que en el nuevo expte que incie -de ser posible- manifestar esta situacion y que firme que fue negligencia del cliente en algun punto de la demanda, o no sirve para nada. Gracias
 #416546  por pompona
 
En principio si te dictaron la caducidad de oficio es que tu causa es de Capital. Podés volver a iniciar el beneficio y tiene efecto retroactivo, lo que significa que aún iniciado despues que el daños, tu cliente si le conceden el beneficio no paga la tasa de justicia.
Respecto a tu responsabilidad: creo que te conviene hacerle firmar al cliente un escrito dónde diga que documental o datos tiene la obligación de aportar y, que de no hacerlo, en modo alguno te puede responsabilizar a vos.
Espero te sirva.