Hola foristas deseaba plantear la siguiente duda: El caso es el siguiente debo iniciar un desalojo por vencimiento de contrato,ademas de la accion de daños por ocupacion ilegitima(pactado contractualmente).Les preguntos mis colegas si debo instar la accion de daños en el mismo escrito en el que solicto el desalojo, o si debe hacer reserva de daños y iniciarlo una vez que le restituyen el inmueble a mi cliente(no se si es relevante para el caso, me en la demanda se ofrece cucion real con el objeto de que el inmueble sea restituido a los 10 dias de trabada la litis).Muchas gracias aguardo su respuesta!!!!
