Hola foristas, a mi entender, podria ir por la vía del desalojo. sin bien es esta vía, se pretende una acción personal, tambien cotempla la real. la escritura sería sufuciente, es un título perfecto. modo (escritura) mas tradición (entrega de la cosa)= titulo perfecto.Además seguro que dice en dicho instrumento que se realiza la tradición de la cosa. Si bien el dominio se ejerce por la posesión, pudo haber otorgado en prestamo de uso el inmueble a los anteriores priopietarios, -y no por eso ha dejado de poseer-, y ahora al fallecimiento de estos, ocurrió la intrusión de terceras personas.-por lo que demandarías por intrusión. en esta hipotesis si litigas en Bs. As. una vez trabada la litis podes solicitar una medida cautelar.-Ojo es algo que se me ocurre ...