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 #408064  por huarpe
 
una persona X de 43 años, 4 hijos, vive junto a su mujer en la casa de la persona que lo criò Z (soltero), luego de que su padre lo abandonara o regalara o ....lo dejò a los tres años de edad. Hace once años fallece esta bondadosa persona (Z el que lo crìa) quien lo educò, cuidò como a un verdadero hijo, sin darle su apellido. El causante tiene un hijo, ùnico heredero, quièn fuè comunicado del fallecimiento al momento del mismo por X, mediante correspondencia con aviso de retorno, nunca se acercò a la casa de origen, ni al velorio. X tiene todavia los servicios de gas, agua a nombre del causante, el de luz està a nombre suyo, se hizo cargo de todos los impuestos, sin haber dado de baja los mismos por miedo a que lo saquen de la casa, si bièn no tendrìa derechos, todos los vecinos del barrio saben que era un hijo màs del causante, ahora bièn...X quiere hacer una pequeña ampliaciòn de la casa, ademas quiere saber que hacer en el hipotetico caso que aparezca el verdadero heredero de Z, habiendose hecho cargo del cuidado, mantenimiento y pago de todos los impuestos y servicios, la intencion de X es lograr un derecho sobre la casa............que debe hacer ?
 #413863  por lunita_44
 
Para la usucapion le faltan años, proba con la ley pierri q te da un titulo precario a los 10 años.
Igualm las mejoras q haga las tiene q documentar con recibos y tiene derecho a recompensa en caso de tener q devolver el bien.