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 #413611  por dobenzi
 
Tengo un caso de laboratorio.

Resulta que en 1950 una familia compra una propiedad que esta frente a una ruta nacional en zona urbana (ciudad de campana). Le otorgan la escritura con los limites correspondientes. Entre la traza de la ruta (asfalto) y la linea municipal (limite de la propiedad) habia unos 100 metros de distancia aproximadamente (terreno fiscal - supongo de propiedad de vialidad nacional).
Con el correr de los años, esta familia realiza construcciones sobre el frente de la propiedad y avanza sobre el limite unos 20 metros aproximadamente (es decir se avanza con la construccion sobre el terrero de vialidad) La construcción fue de buena fe.
Luego .. aprox. en 1980 se construye y se asfalta la calle colectora de la ruta sobre el frente de la propiedad, respetando la construccion de la familia, es decir la calle se adapta en funcion de las construcciones existentes, aunque se deja una vereda muy pequeña (solo unos 2 metros de ancho). Se aclara que en ningun momento fue turbada la posesion por parte del estado.

Ahora, los hijos (atento el fallecimiento de los padres) quieren, luego de realizada la sucesion.. vender la propiedad , pero a cuanta inmobiliaria consultaron le dijieron que la propiedad no se puede vender porque no coinciden los metros de la escritura con las construcciones existente y existe el riesgo de reivindicacion por parte del estado (vialidad nacional).

La consulta es la siguiente:

1º Existe la posibilidad de adecuar administrativamente la escritura a traves de un reclamo administrativo en Catastro de la Provincia, a fin de que se adecuen y se aprueben los planos reales??? o
2º En caso de que ello no sea posible, Se tendría que realizar un juicio por prescripción adquisitiva contra el EStado por esos metros accedidos o ello sería imposible por tratarse de bienes publicos del estado y en tal caso imprescriptible?
3º Alguien se le ocurre otra solución?

Agradesco una ayuda
 #413687  por martinhm77
 
Hola, a la primera pregunta para mi la respuesta es no.-
Respecto a la segunda, depende: si se trata de bienes del dominio público del estado, como están fuera del comercio, no pueden ser objeto de prescripción.-
En cambio, si son bienes del dominio privado del estado, sí podría intentarse la accion.-
Pone en el buscador del foro "bienes dominio privado- usucapion" o algo así, y encontrarás interesantísimos hilos que tratan estos temas, con opiniones muy buenas de colegas que la tienen muy clara.-
Saludos
 #413754  por neldam
 
En primer lugar, lo que haría sería consultar los planos en catastro y ver el ancho oficial de la ruta y si efectivamente ésta cuenta con plano.
Debería haber un documento gráfico que indique la mensura de la ruta, los anchos oficiales y que el propietario es Vialidad Nacional.

También hay que ver que dentro de los ejidos municipales las rutas nacionales o provinciales suelen ser resorte de los municipios.

Si efectivamente se determina que las construcciones invaden la 'zona de ruta' obviamente no se puede prescribir.
Pero, atento a los hechos existentes y que efectivamente Vialidad pavimentó y respetó las construcciones existentes, podría considerarse como hechos existentes consolidados en el tiempo, y que esa zona de ruta nunca fue usada ni destinada para el fin con el que se proyectó, y dichas construcciones, respetadas por el ente estatal, no afectan derechos de terceros.

Quizá este serí mi planteo de la situación. Espero sea de utilidad.
 #415000  por dobenzi
 
Gracias Neldan, creo que tendria que presentarme en catastro y ver los planos generales de la manzana, las parcelas y las manzanas contiguas, dado que son varios los inmuebles que se encuentran en dicha situación. Tambien en la municipalidad para ver como esta esa situacion. Como decia el post anterior el Quid de la cuestion esta en ver si esos terrenos son de dominio publico o privado del estado.

Sigo escuchando opiniones
neldam escribió:En primer lugar, lo que haría sería consultar los planos en catastro y ver el ancho oficial de la ruta y si efectivamente ésta cuenta con plano.
Debería haber un documento gráfico que indique la mensura de la ruta, los anchos oficiales y que el propietario es Vialidad Nacional.

También hay que ver que dentro de los ejidos municipales las rutas nacionales o provinciales suelen ser resorte de los municipios.

Si efectivamente se determina que las construcciones invaden la 'zona de ruta' obviamente no se puede prescribir.
Pero, atento a los hechos existentes y que efectivamente Vialidad pavimentó y respetó las construcciones existentes, podría considerarse como hechos existentes consolidados en el tiempo, y que esa zona de ruta nunca fue usada ni destinada para el fin con el que se proyectó, y dichas construcciones, respetadas por el ente estatal, no afectan derechos de terceros.

Quizá este serí mi planteo de la situación. Espero sea de utilidad.
 #434137  por dobenzi
 
Tengo mas informacion

Me presente en Vialidad Nacional (debido que el frente de la propiedad da sobre una Ruta Nacional) a fin de obtener mas informacion.

Allí se me informo que la anteriormente la parcela tenia otras dimenciones y que en el año 1945 aprox. Vialidad Nacional le compro al propietario (el mismo que le vendio a mis clientes) una parte de la parcela para la traza de la Ruta Nacional. Ante mi pregunta de cuales eran las medidas originales de la parcela y que proporcion fue comprada, me dice que hay que buscar el expediente de compra para ver los pasos legales que se siguieron. Luego de un par de dias vuelvo y se me informa que "casualmente" el expediente estaba en un archivo ubicado en el puente Pueyrredon ¿¿???? y que se habia incendiado, perdido o algo asi, con lo cual no habia forma de rastrear la compra. :shock:

A mi me huele que hay gato encerrado. Seguire investigando *leo*
 #434571  por cdiriarte
 
Por la parte que tus clientes ocuparon realizando actos posesorios me parece que estarían dentro de las previsiones de la Ley 24374 denominada Ley Pierri, ya que se trata de la ocupación pública, pacífica y legítima de un inmueble urbano y tiene por destino el hogar de los ocupantes. Respecto a la posibilidad de prescribir, entiendo que tenés que poner énfasis en averiguar si la porción ocupada no está dentro de algún espacio verde anexo a la calle y que por sus dimensiones no permita la adquisición por prescripción debido a que son inmuebles que se encuentran dentro del dominio público del estado. Si ello no es así, entonces sí permitiría ser adquirido por ése medio. Suerte.
 #437147  por bjsaravipaz
 
Debenzi:

¿Tienen certeza de la ubicación de las accesiones con relación al dominio?

¿Existe un certificado de deslinde y amojonamiento confeccionado por un Agrimensor que pruebe la situación de hecho vs. la jurídica?

En esta instancia, creo que es imprescindible y el puntapié inicial para buscar cualquier solución que se pretenda.

En este caso, en el trabajo, debe destacarse sobremanera el tema de las sucesivas modificaciones que pudo haber sufrido el ancho de la calle frentista (Acceso Norte - Ruta Nacional Nº 9), por lo que el estudio de los títulos, antecedentes y replanteos, deberá incluir los inmuebles a ambos lados del bien público del estado.

Un cordial saludo.


Agrim. Bernardo J. Saraví Paz