Hola, es la primera vez que ingreso y necesito me evacuen esta consulta ¿¿¿urgente!!!. En una apelación contra una sentencia, la Cámara Civil de MdP resuelve luego de los vistos y considerandos , por que el resurso cae en abstracto pues la cuestion se había agotado, y termina allí la cuestión ordenando que luego de cumplir el plazo del 267 CPCCBA (5 días para solicitar acalartoria) se devuelvan los autos a Juzgado de origen, el tema es que yo me quedé esperando la cédula de la resolución de cámara para pedir la aclaratoria y nunca llegó, voy a consultar y me refieren que se notificó por nota, ahora, pregunta ¿alguien me puede decir porque?, esta resolución termina con el planteo en 2da. instancia, equivale a sentencia de cámra, ¿de donde sacan que se notifica por nota?.-
nmg escribió:Hola, es la primera vez que ingreso y necesito me evacuen esta consulta ¿¿¿urgente!!!. En una apelación contra una sentencia, la Cámara Civil de MdP resuelve luego de los vistos y considerandos , por que el resurso cae en abstracto pues la cuestion se había agotado, y termina allí la cuestión ordenando que luego de cumplir el plazo del 267 CPCCBA (5 días para solicitar acalartoria) se devuelvan los autos a Juzgado de origen, el tema es que yo me quedé esperando la cédula de la resolución de cámara para pedir la aclaratoria y nunca llegó, voy a consultar y me refieren que se notificó por nota, ahora, pregunta ¿alguien me puede decir porque?, esta resolución termina con el planteo en 2da. instancia, equivale a sentencia de cámra, ¿de donde sacan que se notifica por nota?.-Segun el Código Procesal de Bs.As.,sólo se notifica por cédula los casos enumerados en el art.135;en la Cámara de Apelaciones,aplicaron el art.267(que nada dice de notificación personal o por cédula,ergo,es por nota).Te digo que a mí me pasó,son contadísimas las veces que notifican por cédula,por eso siempre hay que estar muy atentos en los recursos de 2da.instancia.
Y si,esa resolución equivale a sentencia de cámara.
