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 #411453  por LOKIRON
 
Queridos colegas!!...debo hacer planilla de liquidaciones en una ejecucion de sentencia...diganme por favor...QUE COMPRENDEN LOS GASTOS Y COSTAS??..
Gracias
 #411467  por BRENDITA
 
gastos: tenés los documentados q son todos los q te figuran pagados en el expte. (reposiciones, cédulas, intimaciones) y los no documentados q en la prov. de sta. fe de acuerdo a la ley de honorarios te permiten poner hasta un % máximo de las costas, no sé si en tu prov. hacen esto.
costas: honorarios + aportes de ley
 #411487  por LOKIRON
 
BRENDITA escribió:gastos: tenés los documentados q son todos los q te figuran pagados en el expte. (reposiciones, cédulas, intimaciones) y los no documentados q en la prov. de sta. fe de acuerdo a la ley de honorarios te permiten poner hasta un % máximo de las costas, no sé si en tu prov. hacen esto.
costas: honorarios + aportes de ley
Muchas Gracias "BRENDITA"!!!...soy de la provincia de Entre Ríos...entonces me decis que en costas también debo colocar (aportes de ley= que sería los JUS que pagamos por cada tramite que iniciamos??...
 #411875  por BRENDITA
 
los aportes son los q vos como abog. tenés q hacer a la caja de jubilaciones, te aclaro q en sta. fe tenemos nuestra propia caja pero sé q en bs. as x ej. no tienen caja sino q aportan en anses como cualquyier autónomo. En sta. fe. de los honorarios q nos regulan debemos aportar a la caja de jub. el 20% pero el deudor nos debe pagar el 13% y nosotros aportamos de nuestro bolsillo el 7% faltante.
 #411883  por sole10
 
BRENDITA escribió:los aportes son los q vos como abog. tenés q hacer a la caja de jubilaciones, te aclaro q en sta. fe tenemos nuestra propia caja pero sé q en bs. as x ej. no tienen caja sino q aportan en anses como cualquyier autónomo. En sta. fe. de los honorarios q nos regulan debemos aportar a la caja de jub. el 20% pero el deudor nos debe pagar el 13% y nosotros aportamos de nuestro bolsillo el 7% faltante.

Estas equivocada,en la Provincia de Buenos Aires tenemos nuestra propia caja (por Ley 6716),el aporte al ANSES lo hacen los abogados que litigan unicamente en Capital Federal,si estan matriculados en la provincia,deben aportar en ella obligatoriamente.
 #412273  por BRENDITA
 
ok, cdo. yo digo bs. as me refiero a todo incluido cap. fed. xq desconozco el sist. de uds., lo puse como un ej. cualquiera, tb. puede haber otras prov. q tienen ese mismo sist., disculpame, no me vas a fusilar. Te pido mil perdones LOKIDON. Está aclarado lo q dice nuestra colega. Y no me meto mas a ver si me pegan
 #412296  por sole10
 
BRENDITA escribió:ok, cdo. yo digo bs. as me refiero a todo incluido cap. fed. xq desconozco el sist. de uds., lo puse como un ej. cualquiera, tb. puede haber otras prov. q tienen ese mismo sist., disculpame, no me vas a fusilar. Te pido mil perdones LOKIDON. Está aclarado lo q dice nuestra colega. Y no me meto mas a ver si me pegan
Nadie te va a "fusilar",BRENDITA,lo que sucede es que Capital Federal y Pcia.de Bs.As.son dos distritos autónomos judicialmente.Sos una persona inteligente pero antes de opinar categoricamente sobre estos temas,hay que tener cuidado porque terminan generando mas confusión que aclaración.