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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #406985  por margonz
 
Perdón almabal que no te agradeci, tu aporte tambien es muy valioso para mi. Ahora tengo otras preguntas:

¿Para que casos se usa ampliar situacion de revista? lo que anamaria me contesto mas arriba con respecto a lo de mi tia yo puse en sicam I. esta bien colocarlo ahi?

¿Hay casos en que se puede tramitar jubilaciones solamente por internet? sin ir a un turno en anses?.

Desde ya muchas gracias!
 #407212  por anamaria83
 
Está bien q pongas en sicam I los períodos en q estuvo inscripta. La ampliación de períodos (en sicam II) es cuando necesitás comprar más años de los que estuvo inscripta. Allí inlcuís los períodos que te faltan, que pueden ir desde q cumple 18 años hasta 09/93. Suerte!
 #407214  por anamaria83
 
Las jubilaciones q se pueden tramitar por internet, son las JAAP (Jubilación Automática para Autónomos Puros). Tenés q tener en cuenta q si aplicás ley 24476, la JAAP no permite ingresar aquellos trámites que tienen aportes luego del 09/93, como sería el caso de tu tía.
 #407279  por margonz
 
como me doy cuenta todo lo que me falta aprender, porque tambien le estoy haciendo el tramite a otro tio sin aportes, le entro todo antes del 30/09, ya presente el plan y estoy esperando el turno 31/08, se puede anular el turno? y puse todo en sicam 1.que hago?
 #407348  por anamaria83
 
Margonz: pasame todos los datos de tu tía
Fecha de nacimiento
tiene inscripción de autonomos en anses?
tiene aportes en rd?
en afip, por lo q dijiste tiene aportes
PAsame todo y te digo cómo hacerlo
 #408038  por margonz
 
anamaria, perdon que me atolondre un poquito porque tambien le estoy haciendo a un tio su jubilacion sin aportes, ya estoy esperando el turno que me dieron para el 31/08, por lo que me dijiste es un caso que se puede hacer por web. pero decidi ir al turno, me parece mas seguro y me va a servir como experiencia.
me asuste porque yo puse todos los años que compre en sicam 1 y por lo que me dijiste va en sicam 2 pero creo que entiendo es un caso distinto porque no tiene nada de aportes.
Con respecto a mi tia segun lo que te entendi seria:
Nacimiento 8/8/49
Periodos prescriptos 05/94 a 12/95 autonomos
Pagos 11/94 a 4/96
y quedaria asi en sicam 1
05/94 a 04/96 me aparecieron 19 pagos y el resto ley 25321
04/2000 a 07/2002 con sdm
sicam 2
09/67 a 09/93
beneficios 3 años

Muchas gracias espero tus correcciones
 #408199  por anamaria83
 
Margonz, lo de tu tío si no tiene aportes, es correcto que pongas todo en SICAM I. También me parece acertado que presentes en turno, si te quedás más tranquila.

Lo de tu tía también está correcto. En sicam I, además del período 05/1994 a 04/1996, deben ir los 3 años de art 3 ley 24476. El resto iría en SICAM II.

Quedate tranqui, que estás encaminada!! Un beso

Ana
 #408458  por margonz
 
OK. entonces si sdm iria en sicam 2 seria como una regla a seguir: todos los datos predeterminados por sicam van en sicam 1 y los que se agreguen de cualquier modo van en sicam 2.
Otra consulta: Cuando hago el pago de sdm sé que aparecen con la clave fiscal, ¿ pero de que modo?

Muchas gracias!!!!!!!!!!! :D
 #409606  por anamaria83
 
Margonz, ojo que sdm NO va en SICAM. Sólo van en SICAM los períodos autónomos o monotributistas en los que estuvo inscripta la persona (en sicam I) y aquellos periodos autónomos ampliados hasta 09/1993 (en sicam II).

Sdm, es lo que se paga del 04/2000 hasta la actualidad, para completar periodos que no están alcanzados por la ley 24476, para completar los 30 años. Hay que pagarlos con F 102 ($20) y F 575 ($23) y luego ves los aportes con la Clave de la Seguridad Social de ANSES en la página de ANSES (no en SICAM). Sino preguntá en el 130 si figuran los aportes.

Espero haber sido clara. Un beso

Ana
 #409960  por margonz
 
OK. Si te re entiendo pero yo pense que tenia que poner en sicam para llegar a los 30 años, entonces con sdm no tengo que hacer nada y solamente llevar los comprobantes al turno?

Muchisimas gracias!!!!!!!! no te imaginas como valoro la mano que me estas dando porque despues de esto ya me voy a animar a agarrar trabajos extrafamiliares.Saludos
 #410259  por anamaria83
 
Exacto, no tenés que hacer nada con lo de sdm. Sólo pagar y esperar a que aparezacn en la página de anses los aportes. Una vez q aparecen los mismos, no es necesario q lleves los comprobantes al turno (si pagaste $20 + $23). Pero si querés llevalos por las dudas. Más vale q sobre y no que falte!! jaja! un beso
 #411374  por margonz
 
Perdon, sigo molestando. estoy preparando la carpeta para el lunes, lei los posts para tener todo lo necesario pero el detalle de deuda no entiendo a que hacen referencia, no me doy cuenta de donde tengo que imprimirlo.Muchas Gracias!!!!!!!!!!!!!
 #411395  por Vaness29
 
donde dice:

Liquidación de deuda previsional para trabajadores autónomos y/o monotributistas.


en el medio dice :imprimir liquidacion (formularios 558/A/B/C)tambien esto
detalle de deuda
 #411515  por margonz
 
Muchas gracias!!!!!! eso lo tenia pero pense que hacian referencia a algo mas
 #416237  por margonz
 
Estoy haciendo la liquidacion como me dijo anamaria: Los periodos autonomos y beneficios en sicam I y los ampliados en sicam II; pero cuando quiero aplicar los beneficios art.3 ley 24476 en los periodos que van desde 06/1977 hasta 05/1980 me aparece una leyenda que dice "No se puede aplicar beneficios a periodos sin actividad".¿Que estoy haciendo mal?