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 #410092  por ANATA
 
Colegas tengo lgunas dudas sobre sucesiones, que paso a contarles:

1.- Tengo dos herederos - los hijos - , uno en el exterior y otra aca en bs as, pero la madre que murio vivia en otra parte de bs as. Es viable pedir la prorroga de jurisdicion para el dpto judicial donde vive la hija?????

2.- La partida de defuncion tiene como domicilio donde realmente vivia, puedo denunciar por medio de informacion sumaria como domicilio real el de la hija????

3.- La partida de nacimiento de la madre y de la hija son de paraguay...puedo presentarlas sin problemas en el expediente o debo hace algun tipo de legalizacion previa?????

4.- El hemano que vive en el exterior, con solo denunciar d esu existencia es suficiente verdad?????

Muchas gracias
 #410115  por mariferzara
 
ANATA escribió:Colegas tengo lgunas dudas sobre sucesiones, que paso a contarles:

1.- Tengo dos herederos - los hijos - , uno en el exterior y otra aca en bs as, pero la madre que murio vivia en otra parte de bs as. Es viable pedir la prorroga de jurisdicion para el dpto judicial donde vive la hija?????
Se podría justificando q es el único heredero o bien q ambos herederos viven en el mismo lugar y si el bien está donde viven los hijos.- Te conviene denunciar como domicilio del hijo que vive en el exterior el mismo de su hermana prq lo debés notificar y eso lo podés hacer con un escrito q vos le podés remitir o bien cuando el venga a Argentina te lo firma.-

2.- La partida de defuncion tiene como domicilio donde realmente vivia, puedo denunciar por medio de informacion sumaria como domicilio real el de la hija????
No sé si va a funcionar, si los bienes están situados donde vive la hija lo podés intentar, indicando que la causante murió donde dice el certificado circunstancialmente

3.- La partida de nacimiento de la madre y de la hija son de paraguay...puedo presentarlas sin problemas en el expediente o debo hace algun tipo de legalizacion previa?????
Fijate q debe tener alguna legalización de consulado o Ministerio de Rel Exteriores

4.- El hemano que vive en el exterior, con solo denunciar d esu existencia es suficiente verdad?????
No, pues lo debés notificar.- Como te dije, no denuncies el domicilio en el exterior, decí que vive en Argentina, en el mismo domicilio de la hermana y en su momento le hacés notificar un escrito donde se notifica de la apertura del sucesorio y ratifica tu actuación.- Es lo más conveniente.- Saludos

Muchas gracias
 #410118  por mariferzara
 
mariferzara escribió:
ANATA escribió:Colegas tengo lgunas dudas sobre sucesiones, que paso a contarles:

1.- Tengo dos herederos - los hijos - , uno en el exterior y otra aca en bs as, pero la madre que murio vivia en otra parte de bs as. Es viable pedir la prorroga de jurisdicion para el dpto judicial donde vive la hija?????
Se podría justificando q es el único heredero o bien q ambos herederos viven en el mismo lugar y si el bien está donde viven los hijos.- Te conviene denunciar como domicilio del hijo que vive en el exterior el mismo de su hermana prq lo debés notificar y eso lo podés hacer con un escrito q vos le podés remitir o bien cuando el venga a Argentina te lo firma.-

2.- La partida de defuncion tiene como domicilio donde realmente vivia, puedo denunciar por medio de informacion sumaria como domicilio real el de la hija????
No sé si va a funcionar, si los bienes están situados donde vive la hija lo podés intentar, indicando que la causante murió donde dice el certificado circunstancialmente

3.- La partida de nacimiento de la madre y de la hija son de paraguay...puedo presentarlas sin problemas en el expediente o debo hace algun tipo de legalizacion previa?????
Fijate q debe tener alguna legalización de consulado o Ministerio de Rel Exteriores

4.- El hemano que vive en el exterior, con solo denunciar d esu existencia es suficiente verdad?????
No, pues lo debés notificar.- Como te dije, no denuncies el domicilio en el exterior, decí que vive en Argentina, en el mismo domicilio de la hermana y en su momento le hacés notificar un escrito donde se notifica de la apertura del sucesorio y ratifica tu actuación.- Es lo más conveniente.- Saludos

Muchas gracias
 #410789  por ANATA
 
Antes que nada te agradezco mucho que me contestes mis dudas.

1.- Entiendo lo que vos me explicas, pero como podría justificar como único heredero si después denuncio al hermano????? No seria contradictorio?????

2.- Vos decís que “ si los bienes están situados donde vive la hija lo podés intentar”., pero la verdad que l bien esta donde realmente vivía la Sra., que justamente es el domicilio que dice la partida…pero como queda muy lejos queria traerlo para nuestra jurisdicción.

Muchas gracias nuevamente