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 #410457  por estudiojuridicointegral
 
Hola estimados foristas en una sucesion que tramito en provincia de Bs As me ordenaron publicar edictos en el boletin judicial y en un diario de la costa Argentina.

La ultima publicacion de edicto en el boletin fué el 23 de julio de este año
Y la ultima publicacion de edicto en el diario de la costa fué el 7 de julio

PREGUNTA:

Tengo que dejar pasar y contar los 30 dias para solicitar declaratoria de herederos pero con la feria judicial de provincia de Buenos Aires, la ya olvidada gripe A y los feriados que se pasaron de dia me hice un lio tremendo.

ALGUIEN PUEDE DECIRME CUANDO ESTOY EN CODICIONES DE SOLICITAR AL JUZGADO LA DECLARATORIA.?
Tengo entendido que son 30 dias habiles judiciales lo que se toman en cuenta ¿no?


GRACIASSSSSSSS
MARIELA
 #410535  por abogado_1987
 
Mariela, en prov de Buenos Aires, tené presente >

ARTICULO 734°: (Texto Ley 8.689/77) Providencia de apertura y citación a los interesados. Cuando el causante no hubiere testado o el testamento no contuviese institución de heredero, en la providencia de apertura del proceso sucesorio, el juez dispondrá la citación de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que dentro del plazo de treinta (30) días lo acrediten.

Modo de computar el plazo de emplazamiento a los herederos y acreedores.
El art. 3539 del Cód. Civil ordena la citación por edictos durante treinta días "a los que se crean con derecho a la sucesión". Por esta razón se interpreta que no se trata de un plazo procesal,y en consecuencia se ha de computar en forma corrida (arts. 23, 27 a 29,(Cód. Civil). Asimismo, es razonable que el plazo se compute a partir del día siguiente al de la última publicación, pues conforme a las normas civiles no corresponde computar los términos por horas, sino por días.
(Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires, comentado, anotado, y concordado, legislación complementaria, pag.780, por Carlos Eduardo Fenochietto)