Pasajero de colectivo. Caminando en el pasillo, pisa una tapa que algunas unidades tienen, la misma cede y la persona cae quedando tendida entre el piso del colectivo y la acera.
Dudas: EL reclamo se iniciaria a la empresa y Cia y no al conductor ya que no es responsable directo de las condiciones en que se encuentra la unidad.? Es asi, que opinan. ?
Que normativa se aplicaria: Supongo que no es aplicable el art 1113 ya que no se trata de un accidente de transito. Es una omision a las normas de seguridad. Que normativa se aplicaria en la demanda?
Otra: Tienen jurisprudencia aplicable al caso?
Muchas gracias.
Dudas: EL reclamo se iniciaria a la empresa y Cia y no al conductor ya que no es responsable directo de las condiciones en que se encuentra la unidad.? Es asi, que opinan. ?
Que normativa se aplicaria: Supongo que no es aplicable el art 1113 ya que no se trata de un accidente de transito. Es una omision a las normas de seguridad. Que normativa se aplicaria en la demanda?
Otra: Tienen jurisprudencia aplicable al caso?
Muchas gracias.
