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  • monotributista se quiere jubilar

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #407284  por yanina50
 
HOLA FORISTAS, UNA CONSULTA, UNA MONOTRIBUTISTA QUE SE QUIERE JUBILAR ME PREGUNTO SI PODIA HACERLO YA QUE ELLA TIENE UN COMERCIO CON UN CONTRATO DE LOCACION A NOMBRE SUYO.- SI SE JUBILA QUE SUCEDE CON LA SITUACION IMPOSITIVA, Y EL CONTRATO DE LOCACION? ESPERO RESPUESTA COM SIEMPRE GRACIASSSSS!!!
 #407297  por almabal
 
Cuando se jubila hace una modificación de categoría de MY en sistema registral, pasándose a MT jubilado y abona menos. Puede seguir trabajando.
 #407311  por yanina50
 
GRACIAS ALMABAL POR LA RESPUESTA , ENTONCES, EL INICIO DE LA JUB. LO HAGO NORMALMENTE SIGUE PAGANDO MT Y CUANOD LE OTROGAN LA JUB SE RECATEGORIZA, PERO EN EL CASO DEL CONTRATO DE LOCACION Y LAS DD JJ NO VA A TENER INCONVENIENTES?
 #407320  por yanina50
 
PERO NO ME QUEDA ALGO CLARO, EL JUBILADO PUEDE CONTRATAR POR EJEMPLO UN LOCAL A LOS EFECTOS DE COMERCIO? PORQUE LA CLIENTA NO SE QUIERE JUBILAR POR ESO Y TODAVIA NO LLEGO A ENTENDER CUAL ES LA MAGINITUD DE ESO EN EL FUTURO
 #407347  por andrea1982
 
Yanina, yo por ejemplo alquilo el local donde trabaja mi mamá y no tengo ningun problema, por ej. la luz lleva como no categorizado.
No se si esa es tu duda.
 #407401  por almabal
 
¿Cuál es el problema que pueda tener para alquilar por ser jubilado? ¿Ya está alquilando? Que continúe, sólo modificará ante AFIP su categoría a la hora de abonar su posición mensual (una vez obtenido el beneficio). Los jubilados pueden continuar en actividad, fijate en la ley.
 #407434  por abim
 
yanina50 escribió:PERO NO ME QUEDA ALGO CLARO, EL JUBILADO PUEDE CONTRATAR POR EJEMPLO UN LOCAL A LOS EFECTOS DE COMERCIO? un jubilado, "a secas", no puede contratar a esos efectos, primero debe pasar por afip solicitar cuit, adherirse al Mn o Aut, etc. NO ES ESTE TU CASO. La sra. ES MONOTRIBUTISTA y cuando obtenga su jubilación SERÁ MONOTRIBUTISTA JUBILADA.
PORQUE LA CLIENTA NO SE QUIERE JUBILAR POR ESO gralmente. los comerciantes que llegan a la edad jubilatoria tienen este y otros planteos al respecto, pero, ya lo han dicho, cuando obtenga su jubilación se verá "beneficiada" xq sólo pagará el componente tributario del Mn
Y TODAVIA NO LLEGO A ENTENDER CUAL ES LA MAGINITUD DE ESO EN EL FUTURO ella podrá seguir comerciando mientras mantenga su estado de Mn o Aut; su condición de jubilada la acompañará hasta el día de su muerte.