Hola foristas, vino una señora jubilada a consultar lo siguiente, tiene una hija mayo de edad discapacitada, esta percibe una pension no contributiva por ese motivo, pero la señora quiere cobrar la asignacion familiar por hijo discapacitado, es necesario que para cobrar este concepto tenga que realizar una guarda judicial sobre su hija o puede tramitar si necesidad de la guarda la asignacion familiar???, que mecesita para cumplimentar los requisitos??
vimercado escribió:Hola foristas, vino una señora jubilada a consultar lo siguiente, tiene una hija mayo de edad discapacitada, esta percibe una pension no contributiva por ese motivo, pero la señora quiere cobrar la asignacion familiar por hijo discapacitado, es necesario que para cobrar este concepto tenga que realizar una guarda judicial sobre su hija o puede tramitar si necesidad de la guarda la asignacion familiar???, que mecesita para cumplimentar los requisitos??no es necesaria la guarda. La tiene que incluir en su beneficio como discapacitada, le van a pagar el Salario y el día de mañana queda con derecho a pensión
Tenés que completar el f 2.3. Pedilo en orientación, explicandoles bien para que es, porque hay uno para activos y otro para jubilados/pensionados y que te digan COMO quieren que lo complete el médico.
Si tiene el Cert. de Discapacidad mejor
