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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #406615  por sandra32
 
Hola a todos, tengo una consultita para hacerles:

Se trata de un hombre de 65 años que tiene 24 años y 6 meses pagados como autónomo, 3 años pagados con una moratoria de monotributo que terminó de debitarse la última cuota en Julio/09 y 5 años en relación de dependencia cuya certificación de servicios se encuentra en mi poder.
Si sumo todos los años me dá un total de 32 años y 6 meses, lo cual excedo los 30 años de servicios.
Cuando hago la liquidación de SICAM, cargo la situación de revista por los años que él estuvo inscripto y luego calculo la deuda, me da como resultado que en algunos años que pagó sale deuda y en otros que no pagó sale todo el mes de deuda.
Por los períodos que no pagó directamente invoqué el Art 1 Ley 25321 y quisiera saber que hago con los otros períodos que pagó pero sale deuda. Tiene algo que ver si son prescriptos o no? Renuncio también a esos períodos ya que tengo más de 30 años en total de servicios?

Espero me hayan entendido y me puedan ayudar pronto.

Sandra.
 #406628  por MARIO1943
 
HOLA
ESTA BIEN APLICADO LA RENUNCIA CON ART. 1 LEY 25321, LOS PAGOS FUERAS DE TERMINOS
SI NO TE SIRVEN PARA COMPUTAR LOS 30 AÑOS YA QUE DECIS QUE ESTAS EXCEDIDA, LO PODES RENUNCIAR TAMBIEN Y SI QUERES SI SON CENTAVOS LO PODES PAGAR
 #406634  por sandra32
 
Hola!!! Gracias por tu respuesta.
Hay algunos años de la década del 80 que pagó fuera de término y me da bastante deuda para cancelar, lo cual tendría que analizar los años con más deuda para aplicar el beneficio del art 1 ley 25321 y el resto que me quede con deuda anterior a 9/93 lo incluyo en moratoria ?
 #406660  por lgaray
 
sandra32 escribió:Hola!!! Gracias por tu respuesta.
Hay algunos años de la década del 80 que pagó fuera de término y me da bastante deuda para cancelar, lo cual tendría que analizar los años con más deuda para aplicar el beneficio del art 1 ley 25321 y el resto que me quede con deuda anterior a 9/93 lo incluyo en moratoria ?

Si aplicando la 25321 o prescribiendo esos periodos con deuda, llegás a los 30 con el resto, como te dice Mario, podés no incluirlos tampoco en moratoria, sino liquidar por la 24241 y asi no tendría descuento de cuota
 #406680  por MARIO1943
 
sandra32 escribió:Hola!!! Gracias por tu respuesta.
Hay algunos años de la década del 80 que pagó fuera de término y me da bastante deuda para cancelar, lo cual tendría que analizar los años con más deuda para aplicar el beneficio del art 1 ley 25321 y el resto que me quede con deuda anterior a 9/93 lo incluyo en moratoria ?


no entiendo no decis que te sobra años renunciandolos, para que lo vas a meter en moratoria, la deuda anterior a 09/1993?
renuncialo y listo amen que con todos los periodos renunciandos te este faltando años o meses
para llegar a los 30 años
 #406691  por sandra32
 
Si disculpame, tal vez no me expresé bien, lo que quise decir es que: si renuncio a todos los años con deuda me estaría faltando años para llegar a los 30 años, entonces tal vez me convenga ver que años aplico el art 1 ley 25321 y el resto los incluyo en moratoria.
Esta bien este razonamiento?