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  • inhibido- escrituracion

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 #405366  por rosarino
 
Hola! Mi clienta es una señora propietaria de una casa en condominio con su hijo, el cual esta inhibido por una deuda mayor al valor de toda la casa. Y mi clienta pretende vender para saldar también sus propias deudas.
Cual es el paso correcto a seguir? ¿Solicitar autorización al juez para escriturar y por tanto la parte correspondiente al hijo se cobre por el acreedor o directamente escriturar actuando el escribano como agente de retención? Obviamente la parte de mi clienta, que no es garantía de nada, no corre riesgo no?
 #405440  por abogado1987
 
Rosarino, tené presente >

Art. 228. - En todos los casos en que habiendo lugar a embargo éste no pudiere hacerse efectivo por no conocerse bienes del deudor, o por no cubrir éstos el importe del crédito reclamado, podrá solicitarse contra aquél la inhibición general de vender o gravar sus bienes, la que se deberá dejar sin efecto siempre que presentase a embargo bienes suficientes o diere caución bastante ...
 #407340  por BRENDITA
 
si vos decis q la deuda del hijo supera el valor de la totalidad de la casa entonces no va a poder vender el hijo xq para q el acreedor te levante la inhibic. le tenés q saldar todo, y se hace a través de la retención q haga el escribano. La parte de la madre no se la pueden tocar. Yo lo q haría 1º es comunicarme con el acreedor para q te diga bien cual es el monto total de la deuda, 2º ver si el precio de la venta va a alcanzar para pagar eso, tené en cuenta q cdo. se escritura le van a retener a los vendedores los impuestos, x ej. ganancias, ingresos brutos, o sea, q de ese total de la venta no van a recibir todo.