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  • Interrumpe prescripciòn??

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 #401618  por fugitiva
 
Hola:
Una persona presenta un documento como documentaciòn acompañada en una demanda .
Este documento, reconoce una deuda.
Lo que me pregunto es si el presentar ese documento es reconocimiento de deuda que haga aplicable el art. 3989 CC., es decir que interrumpa la prescripciòn de la acciòn por la que el acreedor, que surge de ese documento, puede accionar.