Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Cesion de derechos hereditarios

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #401369  por Anaspada
 
Hola a todos, les hago una pregunta. ¿Para hacer una cesión de derechos hereditarios necesito si o si la declaratoria? Tengo un caso en donde los herederos iniciaron la sucesión y uno de ellos quiere comprar el inmueble pero todavia no salio la declaratoria. ¿podemos hacer la cesión? Gracias!!!
 #401384  por abogado_1987
 
Anaspada escribió:Hola a todos, les hago una pregunta. ¿Para hacer una cesión de derechos hereditarios necesito si o si la declaratoria? Tengo un caso en donde los herederos iniciaron la sucesión y uno de ellos quiere comprar el inmueble pero todavia no salio la declaratoria. ¿podemos hacer la cesión? Gracias!!!
Ana, consultaría con el escribano publico (tienen diferentes criterios sobre este tema) ante quien se otorgará la escritura de cesión de derechos hereditarios ...
 #402043  por vspalla
 
Hola Abogado, leo con gran interés tus respuestas que noto son más que adecuadas y te felicito por ello. Te cuento que yo estoy llevando mi 1ra sucesión y me complico muchísimo porque el cliente me dijo que era algo sencillo lo que requería y luego me la super complicó... el tema es así, te consulto por si podrías orientarme:
1. la suce tramita por cap fed y ya tengo la DDHH, pero todos los bs son de pcia de BA (uno de San Luis) como pido lainscripción? al registro de ciudad de BA o lo debo inscribir en Pcia? Yo quiero inscribir en Cap Fed pero me late que los bs de pcia se inscriben sólo en Pcia...
2. Puedo dejar asentado que 1 casa se inscribirá a posteriori por tracto abreviado? es q es claro que la van a vender a futuro... la puedo "sacar del paquete" mientras le pago la tasa y saco sus certificados o lo dejo para después...?
3. Qué hago con la casa de San Luis?
Espero puedas ayudarme, hace semanas que leo tus posts y reitero te admiro.
Gracias!!
 #402051  por abogado_1987
 
vspalla escribió:Hola Abogado, leo con gran interés tus respuestas que noto son más que adecuadas y te felicito por ello. Te cuento que yo estoy llevando mi 1ra sucesión y me complico muchísimo porque el cliente me dijo que era algo sencillo lo que requería y luego me la super complicó... el tema es así, te consulto por si podrías orientarme:
1. la suce tramita por cap fed y ya tengo la DDHH, pero todos los bs son de pcia de BA (uno de San Luis) como pido lainscripción? al registro de ciudad de BA o lo debo inscribir en Pcia? Yo quiero inscribir en Cap Fed pero me late que los bs de pcia se inscriben sólo en Pcia...
VSpalla, respecto de los bienes inmuebles de San Luis y Buenos Aires se deben inscribir en el Registro de la propiedad inmueble de la prov de San Luis y Buenos Aires, respectivamente y de acuerdo ley 22.172 (testimonio) ...


2. Puedo dejar asentado que 1 casa se inscribirá a posteriori por tracto abreviado? es q es claro que la van a vender a futuro... la puedo "sacar del paquete" mientras le pago la tasa y saco sus certificados o lo dejo para después...?
no es obligatorio inscribir todos los inmuebles al mismo tiempo en un "paquete", podés solicitar la inscripción de A (adjuntás inf. dominio, inhibición, pago tasa justicia, etc) o podés solicitar la inscripción de A, B y C (adjuntás inf. dominio, inhibición, pago tasa justicia, etc) ...

3. Qué hago con la casa de San Luis?
podés solicitar la inscripción en el momento que lo desee tu cliente (adjuntás inf. dominio, inhibición, pago tasa justicia, etc)

Espero puedas ayudarme, hace semanas que leo tus posts y reitero te admiro.
Gracias!!
de nada !!! y suerte ...
 #402056  por Mordisco
 
Yo tb leo los posteos de abogado_1987, y cuando hay razón de por medio, hay que decirlo y yo tb te felicito, tus comentarios (principalmente en sucesiones) son muy completos y esclarecedores.

Éxitos
 #402064  por abogado_1987
 
Mordisco escribió:Yo tb leo los posteos de abogado_1987, y cuando hay razón de por medio, hay que decirlo y yo tb te felicito, tus comentarios (principalmente en sucesiones) son muy completos y esclarecedores.

Éxitos
Mordisco gracias !!! yo sigo aprendiendo usucapión, posesión, etc de tus posts ...
 #402070  por Mordisco
 
jajaja, en algo tenia que ganarte, :lol:
 #402230  por jfrotela
 
Chicos.. dejen de tirarse flores!!!! :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:

Agrego a lo dicho por abogado que te asegures bien con tu cliente sobre el destino de los bienes. Y actuar en consecuencia.

Respecto de las inscripciones en pcia. de bs. as. y San Luis. Acercate a alguna de las gestorias judiciales de tribunales y pregunta alli sobre los requisitos que exigen en cada registro, y, por sobre todo, los costos de inscripcion y diligenciamiento. Asi tu cliente y vos no se encuentran con ninguna sorpresa en ese momento.

Saludos. Franco