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 #401345  por gabriela1982
 
Hola gente, tengo una duda sobre el analizis de docuementacion; mi clienta me pide que le diga si su "escritura de ley pierri" esta inscripta en el registro de propiedad de la provincia bs.as.
Dos cuestiones. yo veo el original y no dice escritura dice: acta de constatacion del cumplimiento de los requisitos formales del regimen de regularizacion dominial. es de diciembre de 1997...
y por otro lado tengo una copia membretada que dice Registro de la propiedad inmueble, y tiene un sello rellenado con datos (pero es totalmente ilegible)

Entonces: Una vez que nos acogemos al regimen de la ley pierri esta informacion se inscribe en el registro de la propiedad? digo si yo hoy pido un informe de dominio sobre esta propieda me surge que la señora es la dueña????

Segundo: el plazo de 10 años que establece la ley ? es para que se emita la escritura a favor de la persona que se acogio al regimen???? si no hay escritura esta registrada??????

Pregunta simple pero me complico mi existencia, y cada vez que leo la ley me vuelvo a mariar.... Gracias a todo aquel que me pueda dar una mano. :P
 #401407  por viko
 
acá en tucuman, y entiendo que en otras provincias tambien, la escritura ley pierri se incribe en el registro. Va al folio real, pero en contra de lo que dice la ley, no se incribe como titularidad de dominio, sino como gravamen (en la columna de los embargos, hipotecas, etc)
entonces sí deberia aparecer en el informe. de eso se trata precisamente. saludos