Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • urgente sicam debo entregarlo mañana

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #401221  por Claudiab7718
 
Hola forista tengo una duda, debo prescribir o renunciar aportes de autónomo , pero al poner en benficios art 1 ley 25321 no me deja porque dice: que no se puede aplicar benficios sin actividad, como debo hacer ??debo entrar en consulta de pagos y ahí con la cruz eliminar esos pagos, y una vez hecho eso ir a situacion de revista y en beneficios colocar que lo estoy prescribiendo!!! gracias
 #401246  por ISIS
 
Claudiab7718 escribió:Hola forista tengo una duda, debo prescribir o renunciar aportes de autónomo , pero al poner en benficios art 1 ley 25321 no me deja porque dice: que no se puede aplicar benficios sin actividad, como debo hacer ??debo entrar en consulta de pagos y ahí con la cruz eliminar esos pagos, y una vez hecho eso ir a situacion de revista y en beneficios colocar que lo estoy prescribiendo!!! gracias
No, no es asi...tenes que primero incluirlos en la situacion de revista y despues en beneficios le podes aplicar el art.1 de la 25321-
 #401252  por estudiocm
 
Fijate también que si en la situación de revista los períodos que querés prescribir están cargados en dos veces, tenés que respetar los cortes para la aplicación del beneficio porque sino tampoco te lo va a dejar hacer (por lo menos a mi me pasa eso). Igual sería bueno que sigas la consulta de un mismo tema en el mismo post. Así no contestamos dos veces a la misma persona y la misma consulta.
saludos
Paula
 #401264  por Claudiab7718
 
HOLA PAULA Y GRACIAS!! DE VERDAD QUE ME DISTE UNA AYUDA GRANDE !!! NUNCA ME PASO TENER UNA JUBILACION CON ESTA CARACTERISTICA, TE CUENTO LO QUE HICE LE COMPRE DESDE OCTUBRE DE 1966 HASTA 1991 DICIEMBRE, LA SEÑORA ESTA INSCRIPTA EN AUTONOMOS DESDE 1992 HASTA 1997 PERO NO HA PAGADO TODOS LOS MESES, POR ESO DEBO RENUNCIARLOS, NO ME HAGO PROBLEMA POR LLEGAR A LSO 30 AÑOS, PORQUE ADEMAS TIENE APORTES POR RELACION DE DEPENDENCIA Y SDM
POR LO TANTO SITUACION DE REVISTA ASÍ: 10/1966 HA 12/1991, 01/1992 HASTA 06/1997, Y ABAJO EN BENEFICIOS 01/1992 HA 06/1997 ART 1 LEY 25321, QUE TE PARECE ??? Y DE NUEVO GRACIAS
 #401269  por estudiocm
 
No sabría decirte si te alcanza, porque no publicaste todos los aportes que tiene, pero en cuanto a la prescripción está bien como lo planteas. Te comentaba lo de respetar los cortes porque me ha pasado que en situación de revista ya están cargados en el sistema pero con varios cortes y cuando vos le querés aplicar algún beneficio (me ha pasado incluso con el art. 3) tenés que respetarlos si o si porque sino te dice que son períodos sin actividad o que se superponen.
Espero que ahora lo puedas hacer
saludos
Paula