Buen dia,
Necesito despejar una duda.
Una persona que ya tiene la edad para jubilarse, se la intimida para que inicie los trámites jubilatorios; esta lo inicia, al término de un año (según dice la ley, plazo máximo), a esta persona se le notifica que se rescinde su relación laboral.
Mi duda es: Puede el empleador echarlo?, alegando este articulo (252, creo) de la LCT.
Ó debe aguardar hasta que la persona efectivamente reciba la primer jubilación?
Qué hace la persona si aun no recibió el beneficio jubilatorio?
Ayer mismo, cuando lo notificaron que estaba despedido, fue al ANSES y le indicaron que aún estaba en proceso.
El trámite lo inicio ni bien lo intimido el empleador para que se jubile (o sea, hace un año atrás).
Ahora bien, en caso que haya problemas con el trámite (ej. demora circunstancial por algún motivo de ANSES), que se debe hacer?
El empleador puede dejarlo sin importar que aun no tenga ningún beneficio?, o sea, que esta desprotegido desde el punto de la ley?, no hay nada que lo ampare?
Necesito despejar una duda.
Una persona que ya tiene la edad para jubilarse, se la intimida para que inicie los trámites jubilatorios; esta lo inicia, al término de un año (según dice la ley, plazo máximo), a esta persona se le notifica que se rescinde su relación laboral.
Mi duda es: Puede el empleador echarlo?, alegando este articulo (252, creo) de la LCT.
Ó debe aguardar hasta que la persona efectivamente reciba la primer jubilación?
Qué hace la persona si aun no recibió el beneficio jubilatorio?
Ayer mismo, cuando lo notificaron que estaba despedido, fue al ANSES y le indicaron que aún estaba en proceso.
El trámite lo inicio ni bien lo intimido el empleador para que se jubile (o sea, hace un año atrás).
Ahora bien, en caso que haya problemas con el trámite (ej. demora circunstancial por algún motivo de ANSES), que se debe hacer?
El empleador puede dejarlo sin importar que aun no tenga ningún beneficio?, o sea, que esta desprotegido desde el punto de la ley?, no hay nada que lo ampare?
