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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #385421  por pato
 
Hola foristas estuve leyendo las participaciones y cuando llego a la práctica me surgen dudas pido si alguien me puede ayudar con esto:
tengo una jubilación y en datos personales me aparece categoría A y periodo prescripto del 5/91 al 11/93 que estan pagos y me sirven. que hago, no tengo en cuenta que esten prescriptos ya que me sirven? y entran en la sit de revista? la categoria y la actividad la tengo que mantener ( act 898) o la puedo cambiar? Muchas gracias. :?:
 #385433  por ISIS
 
pato escribió:Hola foristas estuve leyendo las participaciones y cuando llego a la práctica me surgen dudas pido si alguien me puede ayudar con esto:
tengo una jubilación y en datos personales me aparece categoría A y periodo prescripto del 5/91 al 11/93 que estan pagos y me sirven. que hago, no tengo en cuenta que esten prescriptos ya que me sirven? y entran en la sit de revista? la categoria y la actividad la tengo que mantener ( act 898) o la puedo cambiar? Muchas gracias. :?:
Tendrias que aportar mas datos: si es h o m, fecha de nacimiento...
En principio tenes que respetar ese periodo (y categoria) que tiene inscripcion y comprar lo que te falte para completar lo que necesites para llegar a los 30 años...si estan pagos te va a salir deuda 0 en esos periodos.
Armala y la vemos.
 #386099  por pato
 
gracias Isis los datos son: mujer fecha de nacim. 10/06/1936 tendría un exced de 6A y 6 M por art 19 por lo que necesito aportes por 23 A y 6M. la sra esta pensionada por lo que tengo que pagar en efectivo, ese es mi mayor miedo de meter la pata. El beneficio del art 19 donde lo pongo o es automatico por el exceso de edad?
y por último aparece en historia de categorías períodos prescriptos 5/91 al 11/93 que tengo que hacer con eso si a mi me sirven? es categoría A act.898 tengo que mantenerlo?
Aportes que surgen de la pestaña consulta de pagos
12/90 al 9/91 (10 M)
11/91 al 5/92 ( 7 M)
7/92 al 7/92 ( 1M)
9/92 al 12/92 ( 4 M)
2/93 al 5/93 (4 M)
9/93 al 11/93 (3 M) Aportes por 2 A 5 M

Situación de revista.

1/55 al 2/69 (14 A 2M)
3/69 al12/72 (3 A 10 M)
1/81 al 3/84 ( 3 A 2M)
12/90 al 11/93 ( 3 A)) Total 24 A 2 M

Beneficios
Aplico prescripción a los períodos impagos 10/91, 6/92, 8/92 ,1/93, 6/93, 7/93, 8/93. y no los tengo en cuenta para nada?

3/69 al 12/72 art 3º
1/81 al 3/84 art 3º
te agradezco si lo podés mirar y decirme si esta bien. saludos
 #386497  por ISIS
 
gracias Isis los datos son: mujer fecha de nacim. 10/06/1936 tendría un exced de 6A y 6 M por art 19 por lo que necesito aportes por 23 A y 6M. la sra esta pensionada por lo que tengo que pagar en efectivo, ese es mi mayor miedo de meter la pata. El beneficio del art 19 donde lo pongo o es automatico por el exceso de edad?
Bien razonado, el beneficio del art.19 no lo pones en sicam, lo pones en el formulario de prestaciones previsionales 618 en observaciones: solicita aplicacion art.19 ley 24241
y por último aparece en historia de categorías períodos prescriptos 5/91 al 11/93 que tengo que hacer con eso si a mi me sirven? es categoría A act.898 tengo que mantenerlo?
Si...y verifica que no tenga mas periodos...interpreto que pidio la baja el 11/93...no tiene inscripciones posteriores?? corroborame esto....
Aportes que surgen de la pestaña consulta de pagos
12/90 al 9/91 (10 M)
11/91 al 5/92 ( 7 M)
7/92 al 7/92 ( 1M)
9/92 al 12/92 ( 4 M)
2/93 al 5/93 (4 M)
9/93 al 11/93 (3 M) Aportes por 2 A 5 M

Situación de revista.

1/55 al 2/69 (14 A 2M)
3/69 al12/72 (3 A 10 M)
1/81 al 3/84 ( 3 A 2M)
12/90 al 11/93 ( 3 A)) Total 24 A 2 M

Beneficios
Aplico prescripción a los períodos impagos 10/91, 6/92, 8/92 ,1/93, 6/93, 7/93, 8/93. y no los tengo en cuenta para nada?
Esos periodos que te resalte en rojo yo los dejaria con deuda, los compraria ya que entran en la moratoria...son todos periodos baratos, yo no los prescribiria...
si los prescribis tenes que comprar la misma cantidad en otro periodo ya que esos no se contarian para llegar a los 30...

Si tiene pagos en el año 90 debe tener una inscripcion anterior a la da Afip en Anses...entra a autopista de servicios y fijate en Padron de autonomos que inscripciones tiene...paseame ese dato asi terminamos el plan...
 #387291  por pato
 
Hola Isis en cuanto a lo que me preguntabas en el padrón hist. de auton. aparecefecha de inicio 01/84 caja A act.307. tengo que buscar de esa fecha que tiene que tener algo no? y después tengo un carnet de la caja nacional de prev. de la ind. de marzo del 74. que esta afiliada. averiguo y te digo porque cambia el rumbo de las cosas esto, no? saludos e infinitas gracias. te aviso las novedades.
 #387301  por peri1955
 
PATO RECORDA PARA EL ART.3º QUE LOS PERIODOS MAS CAROS SON:
7/77 A 7/80: $89.70
8/80 A 9/80: $81.-
4/84 A 8/91; $81.-
SIEMPRE TE CONVIENE PONER EN ESTOS PERIODOS ESTE ART., SIEMPRE QUE PUEDAS.
LO IDEAL SI NO TIENE PAGOS EN ESTOS LAPSOS 7/77 A 9/80 (3 AÑOS Y 3 MESES)
4/84 A 12/87 (3 AÑOS Y 9 MESES)
 #387369  por ISIS
 
pato escribió:Hola Isis en cuanto a lo que me preguntabas en el padrón hist. de auton. aparecefecha de inicio 01/84 caja A act.307. tengo que buscar de esa fecha que tiene que tener algo no? y después tengo un carnet de la caja nacional de prev. de la ind. de marzo del 74. que esta afiliada. averiguo y te digo porque cambia el rumbo de las cosas esto, no? saludos e infinitas gracias. te aviso las novedades.
Si tiene inscripcion de autonomo en Anses, tenes que imprimir esa pantalla y presentar en el Afip el formulario 460 para vincular la cuenta...esto se hace previamente a la confeccion del plan sicam...porque puede tener varios pagos mas...
Te estoy indicando como se hace correctamente todo el tramite para que no te equivoques y se lo puedan rechazar...sobre todo si va a abonar de contado :wink:
Si no sabes llenar el formulario preguntanos como se llena es facil...
 #387692  por pato
 
hola Isis, te agradezco por tu tiempo, voy el lunes sin falta y te digo. MUCHAS GRACIAS
 #399621  por pato
 
Hola!! volví a als pistas con mas dudas que ántes, imprimí los form 558 A B y C y no entiendo porque sale una deuda de $96.025 cuando en una cuota sale de $7.293 esto no importa?
 #399695  por analia509
 
Pato hace, si es que ya no lo hiciste, lo que te dicen en el foro. Carga el nº de cuenta de autonomos en afip con el f460. Una vez que lo hayas hecho y que este aparezca en sicam ( fijate arriba donde dice cuenta 1, cuenta 2, etc que en cta 1 debe aparecer el nº de cuenta que figura en anses.-
Una vez que hayas hecho esto, carga datos personales, carga situacion de revista. Para situacion de revista te aconsejo que hagas lo siguiente: Fecha inicial: toma la que figura como de inicio de actividad en anses.-
Respeta las actegogias que tenga.-
Fecha de cese: Carga la fecha que figura de cese en afip (PUC). Tenes que entrar para ello a sistema registral. Sino aparece al inicio luego de entrar con la clave tenes que hacer la adhesion como haces con el sicam.-
respeta esta fecha.-

Si queres para mejor mira en datos personales y cargalo tal cual aparece.-

Luego de hacer esto anda a calcular deuda sin aplicar aun los beneficios que le sean aplicables.-

Entra en detalle de deuda e imprimilo.-

Controla todos los periodos que aparecen cero deuda.-

Aplica art 3 segun la fecha del ultimo aporte.-

si con beneficios y todo aun te sobran años apicales art 3 ley 24476 al resto hasta completar los 30 años.-

Y recorda que para aplicar los beneficio, claro siempre que te figuren en deuda, los periodos mas caros son:
06/1977 a 09/1980
04/1984 a 09/1991.-

Como te decian mas arriba, el exceso de edad, saca bien la cuenta de cuanto le corresponde por art 19. Esto no se carga en sicam.
Cuando presentes el tramite pone un item que diga : solicito aplicacion art 19 ley 24241 y listo.-
 #399696  por analia509
 
Si hiciste las cosas bien, no le preste atencion y anda a moratoria ley 24476. Recien cuando entres aca te va a salir lo que tenes que pagar.-
Eso que vos decis es la deuda actualizada sin moratoria.-
 #399956  por pato
 
gracias Analía509 esta jubilación es de una mujer que ya esta pensionada por lo que tengo que pagar todo contado. como tengo dudas de poner $7200 todo junto se puede una vez que te reciban el trámite pagar o hay que hacer una moratoria nuevamente? es mas rapida una autónomo puro? muchas gracias
 #401923  por analia509
 
Al momento de la solicitud la deuda debe estar cancelada. En algunas Udai si no esta pago no te la toman directamente.-
 #402515  por pato
 
gracias Analia, con respecto a la de autónomos pura como es el tramite, pido turno como siempre o cuál es la diferencia con una mixta?
 #402547  por analia509
 
La podes presentar por la web o con turno.- Igualmente consulta este tema puntual en el foro.-
con respecto a cantidad de años, beneficios, exceso es igual.-
Tene en cuenta el ultimo aporte para la DDJJ. art 3 ley 24476 siempre es mejor porque lo aplicas al periodo que mas te convenga.- El 38 solo lo podes aplicar a los 1º años hasta 12/1968 y por ende terminas prescribiendo años mas economcos.
Exceso de edad es igual a RRDD.-